SAP Valladolid 187/2006, 29 de Mayo de 2006
Ponente | FRANCISCO SALINERO ROMAN |
ECLI | ES:APVA:2006:579 |
Número de Recurso | 146/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 187/2006 |
Fecha de Resolución | 29 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valladolid, Sección 3ª |
SENTENCIA Nº 187
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSE JAIME SANZ CID
D. FRANCISCO SALINERO ROMAN
D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS
En VALLADOLID, a veintinueve de Mayo de dos mil seis.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 3ª de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 424/2005, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 12 de VALLADOLID , a los que ha correspondido el Rollo 146/2006, en los que aparece como parte apelante TECNOR OBRAS TECNICAS S.L., representado por la procuradora Dª. MARÍA DEL CARMEN GUILARTE GUTIERREZ, y asistido por el Letrado D. EUGENIO GARCIA TEJERINA, y como apelado PEBECON S.A., representado por el procurador D. CARLOS MUÑOZ SANTOS, y asistido por el Letrado D. JUAN JOSE MARTIN JIMENEZ, sobre cumplimiento de obligaciones.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 16 de diciembre de 2.005, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por PEBECON S.A. representada por el/la Procuradora D/Dª Carlos Muñoz Santos contra TECNOR, OBRAS TECNICAS S.L., DEBO CONDENAR Y CONDENO a la referida demandada a abonar a la actora la suma de 28.935,73 ; cada parte pagará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.".
Notificada a las partes la referida sentencia, por la parte demandada se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Remitidos los autos de juicio a este tribunal se señaló para la deliberación y votación el pasado día once de mayo.ÚLTIMO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado las formalidades legales.
Vistos, siendo ponente el Ilmo Sr. Magistrado Don FRANCISCO SALINERO ROMAN .
Con su recurso, del que resulta ociosa la previa, puesto que al final no impugna el pronunciamiento a que se refiere, la parte apelante está atribuyendo al Juzgador una errónea valoración de la prueba. En esta materia ya hemos dicho con reiteración que no es dable revisar el criterio interpretativo del Juzgador, salvo que en su realización se advierta que se ha comportado con arbitrariedad. No es el caso. Al contrario si algo advierte la Sala es que la sentencia ha sido en extremo generosa con la parte recurrente según lo alegado y probado. Está acreditado que la actora realizó los trabajos. Frente a ellos, una vez terminados y ante las reclamaciones de la actora, la...
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