SAP Tarragona 266/2006, 5 de Julio de 2006

PonenteMARIA DEL PILAR AGUILAR VALLINO
ECLIES:APT:2006:756
Número de Recurso124/2006
Número de Resolución266/2006
Fecha de Resolución 5 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 1ª

SENTENCIA NUM.

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE

D. Antonio Carril Pan

MAGISTRADOS

Dª Mª Pilar Aguilar Vallino

D. José Mª Piera Eroles

En Tarragona a cinco de julio de dos mil seis.

Visto ante la Sección Primera de esta Audiencia Provincial el Recurso de Apelación interpuesto por Consuelo representada por el Procurador Sr. Garrido Mata y asistida del Letrado Sr. Prat Altarriba, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Reus en fecha 18 julio 2005 , en autos de Juicio Incidental de Liquidación de Régimen económico- matrimonial nº 348/99 constando como parte apelada Jose Augusto representado por la Procuradora Sra. Amposta Matheu y asistida del Letrado Sr. Busquets.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

Que la sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva: "Estimando parcialmente la propuesta presentada por la representación del procurador de D. Jose Augusto se procede a la división y adjudicación de los bienes del patrimonio común de Dº Jose Augusto y de Dª Consuelo de la siguiente forma: Bienes adjudicados a D. Jose Augusto : 1º Plaza de Parking sita en Reus AVENIDA000 , núm. NUM000 valorada en diez mil quinientos euros (10.500 euros). 2º Plan de Pensiones de empleados de Telefóncia concertado con la entidad bancaria BBVA valorado en cincuenta y tres mil doscientos sesenta y tres euros con cincuenta y ocho céntimos (53.263,58 euros). Bienes adjudicados a Dª Consuelo 1ª Finca Urbana sita en Reus, Avenida Macía Via, num NUM001 , NUM000 valorada en noventa y siete mil trescientos sesenta y cuatro euros (97.364,00 euros). 2º Vehículo marca Renault, modelo Clio 1.7, matrícula H-.... OB , valorado en quinientos euros (500 euros). Sumando el valor actual de los bienes adjudicados a D. Jose Augusto 63.763,58 euros y el valor de los bienes adjudicados a Dª Consuelo 97.864 euros , Dª Consuelo treinta y cuatro mil ciento un euros, Dª Consuelo debe compensar a D. Jose Augusto en esta cantidad. No hay expresa imposición de las costas procesales a ninguna de las partes".

SEGUNDO

Interpuso recurso de apelación la parte demandada solicitando que se dicte sentencia con revocación de la dictada en instancia en el procedimiento liquidación del régimen económico matrimonial y, en consecuencia, se proceda al nombramiento de un nuevo contador o perito, que asesorado por expertos financieros, efectue una nueva valoración de los bienes, previo examen de los mismos y a precio del mercado, con condena en costas a la apelada si se opusiere.

Admitido en ambos efectos, se dió traslado a la parte apelada para alegaciones, en cuyo trámite solicitó la desestimación del recurso y confirmación de la sentencia.

TERCERO

Remitidas las actuaciones a esta Audiencia, se incoó el Rollo correspondiente, habiéndose procedido a deliberación y votación por este Tribunal el día señalado, con el resultado...

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