SAP Cantabria 250/2005, 4 de Mayo de 2005
Ponente | MARIA JOSE ARROYO GARCIA |
ECLI | ES:APS:2005:970 |
Número de Recurso | 53/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 250/2005 |
Fecha de Resolución | 4 de Mayo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cantabria, Sección 4ª |
SENTENCIA NUM. 250/05
Ilma. Sra. Presidente
Doña María José Arroyo García
Ilmos. Srs. Magistrados
Don Marcial Helguera Martinez
Don Joaquín Tafur López de Lemus
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En la Ciudad de Santander, a cuatro de mayo de dos mil cinco.
Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de juicio VERBAL 227/04 , Rollo de Sala núm. 53/05, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Santander .
En esta segunda instancia ha sido parte apelante D. Emilio , representado por el Procurador Sr. Vesga Arrieta , y defendido por el Letrado D. Juan José Cabo Artiñano ; y parte apelada la entidad " MAPFRE " y D. Jesús Luis , representados por la Procuradora Sra. Alcón Vidal , y defendidos por el Letrado
D. Fernando Gutierrez-Cortines Lanuza y la entidad " DIRECT SEGUROS Y REASEGUROS", representada por el Procurador Sr. Mantilla Rodríguez y defendida por el Letrado D. Aitor Guisasola Paredes.
Es ponente de ésta resolución la Ilma. Sra. Dª María José Arroyo García.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Santander, y en los autos ya referidos, se dictó en fecha 15 de Noviembre de 2004, Sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Que estimando parcialmente la demanda formulada a instancia deD. Emilio , representado por el Procurador Sr. Vesga Arrieta y asistido del Letrado D. Juan José Cabo Artiñano; contra D. Jesús Luis y la entidad de seguros MAPFRE , S.A., representadas por la Procuradora Sra. Alcón Vidal y asistidas de la Letrado Dña. Carmen Pereda Gutierrez Cortines; contra D. Jose María , declarado rebelde; y contra la entidad HILO DIRECT SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., representada por el Procurador Sr. Mantilla Rodríguez y asistida del Letrado D. Aitor Guisasola; debo absolver y absuelvo a
D. Jose María y a la entidad Hilo Direct Seguros, S.A. de las pretensiones formuladas, con imposición de las costas a la parte actora; y debo condenar y condeno a D. Jesús Luis y la entidad Mapfre, S.A. a abonar solidariamente al actor la cantidad de setecientos setenta y siete euros con treinta céntimos ( 770,30 € ); debiendo incrementarse dicha cantidad respecto de la entidad Mapfre, S.A. en los intereses del Art. 20 de la L.C. Seguros , desde la fecha del siniestro hasta su completo pago; y respecto de los demás condenados en el interés legal desde la interpelación judicial; sin hacer imposición de las costas.
Contra dicha Sentencia, la representación de la ya reseñada parte apelante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado de Primera Instancia, e impugnado por la parte apelada. Llegados los autos a la Audiencia Provincial, y turnados a esta Sección Cuarta, se señaló para deliberación y fallo.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Por la representación legal de D. Emilio se...
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