SAP Madrid 81/2009, 22 de Enero de 2009

PonenteJESUS GAVILAN LOPEZ
ECLIES:APM:2009:984
Número de Recurso458/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución81/2009
Fecha de Resolución22 de Enero de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 11ª

SENTENCIA: 00081/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION UNDECIMA

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACION 458 /2008

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. FELIX ALMAZAN LAFUENTE

D. JESUS GAVILAN LOPEZ

D. CESAREO DURO VENTURA

En MADRID, a veintidós de enero de dos mil nueve.

La Sección 11 de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID, ha visto en grado de apelación, los autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 610/2006 del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 33 de MADRID seguido entre partes, de una como apelante/apelado COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ DIRECCION000 , NUM000 DE MADRID, representado por la Procuradora Sra. López Revilla y de otra, como apelante/apelado D. Alonso , representado por la Procuradora Sra. Hernández Del Muro, sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 33 de MADRID, por el mismo se dictó sentencia con fecha 12 de noviembre de 2007 , cuya parte dispositiva dice: "Estimo parcialmente la demanda planteada por COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE CALLE DIRECCION000 , Nº NUM000 , DE MADRID, frente a D. Alonso , declaro haber lugar en parte a la misma, y en su virtud condeno al demandado a abonar a la actora la reparación efectuada por importe de DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS EUROS CON OCHENTA CENTIMOS (2.396,80.-euros) obra tendente a reacondicionar la cubierta a su estado originario, absolviendo al demandado de la condena a la restitución de parte de la cubierta a su estado originario, y a los pedimentos subsiguientes en defecto de reparación; dado el acogimiento parcial de las pretensiones de cada una de las partes no procede hacer expresa condena en costas". Notificada dicha resolución a las partes, por la representación procesal de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ DIRECCION000 , NUM000 DE MADRID se interpuso recurso deapelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria, presentando escrito oponiéndose al mencionado recurso e impugnando la sentencia. Igualmente la representación procesal de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000 , NUM000 DE MADRID presento escrito de oposición al recurso planteado por el contrario. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 15 de enero de 2009, en que ha tenido lugar lo acordado.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JESUS GAVILAN LOPEZ.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

La Sala acepta y da por reproducidos los Fundamentos de Derecho de la sentencia de instancia, en los términos de esta resolución.

PRIMERO

Antecedentes procesales del recurso.-La sentencia de instancia estima parcialmente la demanda interpuesta que tenía por objeto la reclamación de daños y perjuicios derivados de las obras realizadas por el comunero demandado en la cubierta del inmueble, consistentes en la obras de reparación que de carácter urgente debió acometer la Comunidad demandante para cerrar los huecos abiertos por el primero en la cubierta a fin de que no penetrase el agua, en tanto que se desestima la segunda pretensión de la actora en el sentido de que se reponga la situación de la cubierta una vez que finalmente por el demandado se ha llevado a cabo la apertura de dos ventanales, sustituyendo a los originarios de menor dimensión, por considerar la inexistencia de perjuicios a la comunidad, todo ello en los términos concretos que refleja el antecedente de hecho segundo de esta resolución, que se corresponde con la parte dispositiva de la misma.

El recurso planteado por la representación procesal de la parte demandante Comunidad de Propietarios, se fundamenta, a modo de síntesis comprensiva de las alegaciones formuladas en el escrito de interposición, en dos motivos:

  1. ) Infracción de las normas que rigen la Propiedad Horizontal y Acuerdo de la Comunidad de Propietarios de 18 de Noviembre de 2.004, por haber realizado obras no consentidas en elementos comunes, como es esa ampliación de los dos tragaluz, convirtiéndolos en ventanas, sin observar los acuerdos referidos.

  2. ) Se invoca igualmente incongruencia de la sentencia al amparo del artículo 218 de la LEC , al haberse centrado la desestimación en la inexistencia de daños, lo que en momento alguno fue solicitado.

Se interesa la íntegra estimación de la demanda, declarando haber lugar y condenado al demandado a restituir los elementos comunes a su estado originario.

Por la representación procesal del demandado se muestra su oposición al recurso planteado, considerando la existencia de autorización de la comunidad de propietarios en la referida Junta y el cumplimiento de las condiciones establecidas, en tanto que se adhiere al...

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