SAP Valencia 281/2005, 29 de Abril de 2005
Ponente | MARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA |
ECLI | ES:APV:2005:2116 |
Número de Recurso | 228/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 281/2005 |
Fecha de Resolución | 29 de Abril de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª |
SENTENCIA Nº: 281
SECCION SEPTIMA:
Ilustrísimos Señores Magistrados:
Presidenta:
Dª Mª del Carmen Escrig Orenga.
Magistrados:
D José Antonio Lahoz Rodrigo
Dª María Ibáñez Solaz
En la Ciudad de Valencia a 29 de abril de 2005.
Vistos ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos J. Ordinario 580/04, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 5 de los de Valencia , entre partes, de una como demandante-apelante NALDA, S.A. representado por el Procurador Dª. Mª. Pilar Lacruz Chiva; y de otra como demandados-apelados CONSTRUCCIONES JAICU, S.L y AXA AURORA IBÉRICA DE SEGUROS, S.A., y como demandado-apelado HERMANOS ANDUJAR Y NAVARRO, S.L, representados por D. Fernando Bosch Melís.
Es Ponente la Ilma. Sra. Magistrada doña Mª del Carmen Escrig Orenga.
En dichos autos por el Ilmo. Sr. Juez de Primera Instancia número 5 de los de Valencia, en fecha 7 de enero de 2005, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por NALDA, S.A. contra HERMANOS ANDUJAR Y NAVARRO S.L. y JAICU, S.L. Todo ello a la vez que se impone a NALDA, S.A. el pago de las costas causadas en el presente procedimiento ."
Contra dicha sentencia por la representación del demandante se interpuso recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia en donde comparecieron dentro de plazo, se ha tramitado el recurso acordándose para la celebración de la Votación y Fallo el día 25 de abril de 2005, fecha en que ha tenido lugar.TERCERO. En la tramitación de los autos y del recurso en ambas instancias, se han observado las prescripciones legales en materia de procedimiento.
La representación procesal de la entidad Nalda S.A. formuló demanda de juicio ordinario contra las mercantiles Jaicu S.L. y Hermanos Andujar y Navarro S.L. reclamando el abono de 8.821,09 €, por los daños y perjuicios sufridos el día 14 de julio de 2003, sobre las 12 horas, como consecuencia de la rotura de múltiples piezas de porcelana industrial que se hallaban en proceso de fabricación en el horno de cocción, debido a un gravísimo y repentino choque término provocado por la parada de los mismos, al producirse el corte de suministro de energía eléctrica por romper, las demandadas, un cable de media tensión.
La representación de la mercantil Hermanos Andujar y Navarro S.L. se opuso a la pretensión actora invocando que desconocía los hechos, que trabajaban en una zona privada y que todos los trabajos que desarrollaba eran dirigidos por la codemandada Jaicu S.L.
La representación de la mercantil Jaicu S.L. y la aseguradora Axa Aurora Ibérica, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. también se opuso a la pretensión actora esgrimiendo que no tenía ninguna responsabilidad en la causación de los perjuicios que reclamaba la demandante puesto que las obras se ejecutaban dentro de un solar privado y, con anterioridad, el Ayuntamiento de Almassera había ejecutado las obras de urbanización de la zona, colocando todas las conducciones subterráneas de suministros comunitarios por el subsuelo de las aceras, zona que no se vio...
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