SAP A Coruña 134/2006, 30 de Marzo de 2006

PonenteANTONIO PILLADO MONTERO
ECLIES:APC:2006:566
Número de Recurso468/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución134/2006
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 6ª

SENTENCIA núm.134/06

Ilmos. Sres. Magistrados:

ANGEL PANTIN REIGADA -Presidente--LEONOR CASTRO CALVO

ANTONIO PILLADO MONTERO

En Santiago de Compostela, a treinta de Marzo de dos mil seis.

La Sección 006 de la Ilma. Audiencia Provincial de LA CORUÑA/A CORUÑA, ha visto en grado de apelación, los autos de JUICIO VERBAL 0000189 /2005 del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de PADRON , que ha constituido el Rollo núm. 468/05, seguido entre partes, de una como apelante D. Sebastián , representado por el Procurador Sr. Gómez Martín, y de otra, como apelada Dª María , representada por el Procurador Sr. Calviño Gómez, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO PILLADO MONTERO, quien expresa el parecer de la Sala en los siguientes Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y Fallo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de PADRON , por el mismo se dictó sentencia con fecha 16 de Mayo de 2005 , cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:"Que desestimando la demanda interpuesta a instancia de D. Sebastián , representado por el Procurador de los Tribunales Sr. GÓMEZ MARTÍN contra Dª María , representada por el Procurador Sr. CALVIÑO GÓMEZ, debo absolver y absuelvo a la demandada de las pretensiones ejercitadas en su contra, con imposición de costas a la parte actora". Notificada dicha resolución a las partes, por D. Sebastián se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, dándose traslado del mismo a la parte contraria que presentó escrito de impugnación. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 17 de marzo de 2006.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los de la sentencia apelada; y

PRIMERO

La sentencia apelada estimó la excepción de prescripción de la acción que ejercitó el demandante, Don Sebastián , en reclamación de daños y perjuicios por accidente de circulación. Como consecuencia de este accidente se siguieron actuaciones penales por falta, en la que el Sr. Sebastián resultó absuelto en sentencia de fecha 15 de noviembre de 2002 , que le fue notificada el 29 de noviembre del mismo año. La demanda en la que él ahora reclama los daños causados a su vehículo (al ser impactado por una bicicleta que pilotaba un niño, hijo de la demandada), se presenta el 16 de marzo de 2005, o sea trascurrido más del doble del plazo de un año establecido para la prescripción de estas acciones ( artículo 1968-2º del Código Civil ).

Fundamenta el demandante su impugnación en que no se le notificó la firmeza de la sentencia del juicio de faltas y el archivo de las actuaciones, por lo que el plazo no empezó a transcurrir. Invoca en su favor la jurisprudencia relativa a que...

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