SAP Zaragoza 506/2005, 3 de Octubre de 2005
Ponente | JUAN IGNACIO MEDRANO SANCHEZ |
ECLI | ES:APZ:2005:2405 |
Número de Recurso | 389/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 506/2005 |
Fecha de Resolución | 3 de Octubre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª |
SENTENCIA: 00506/2005
SENTENCIA núm. 506/05
ILMOS. Señores:
Presidente:
D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA
Magistrados:
D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
D. JUAN IGNACIO MEDRANO SÁNCHEZ
En ZARAGOZA, a tres de Octubre de dos mil cinco.
En nombre de S.M. el Rey,
VISTOS por esta Sección 5ª de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 153/2004, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE DAROCA , a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 389/2005, en los que aparece como parte apelante D. Simón y Dª. Ángela representados por la procuradora Dª LUCIA DEL RIO ARTAL, y asistidos por el Letrado D. SERGIO NOGUES MARCO, y como parte apelada MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA S.A. asistida por el Letrado D. ROBERTO GALLEGO MONGE; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN IGNACIO MEDRANO SÁNCHEZ.
Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 31 de marzo de 2005 , cuyo FALLO es del tenor literal: "FALLO .- Que desestimando en su totalidad la demanda de JUICIO ORDINARIO interpuesta por la representación procesal de Don Simón y de Doña Ángela contra la Aseguradora MAPFRE, MUTUALIDAD DE SEGUROS Y DE REASEGUROS la absuelvo de los pedimentos articulados en la misma con imposición de costas a la actora.
Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de D. Simón y de Dª Ángela se interpuso contra la misma recurso de apelación; y dándose traslado a la parte contraria seopuso al recurso, remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los Autos y cinta de video; y una vez personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, para señalamiento de la deliberación, votación y fallo el 21 de septiembre de 2005.
En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.
El primer motivo del recurso denuncia la incongruencia en la que se ha incurrido en la sentencia de instancia, en la que se ha resuelto sobre la base de un seguro obligatorio del automóvil y de uno complementario del mismo, cuando la acción ejercitada no se basaba en un seguro de esa naturaleza, si no en un seguro de accidentes, siendo lo que se planteó el debate, sobre tal seguro, la existencia misma de una cláusula de exclusión para los supuestos de conducción bajo influencias de bebidas alcohólicas, así como la naturaleza de la misma, lo que se reputaba esencial para concretar los requisitos formales de la misma.
La sentencia de instancia se asentará, básicamente en dos ideas, una que la responsabilidad del siniestro es imputable al mismo conductor asegurado, de manera que el perjuicio sufrido por sus familiares...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba