SAP Melilla 32/2005, 18 de Marzo de 2005
Ponente | JOSE LUIS RUIZ MARTINEZ |
ECLI | ES:APML:2005:85 |
Número de Recurso | 123/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 32/2005 |
Fecha de Resolución | 18 de Marzo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Melilla, Sección 7ª |
SENTENCIA Nº32
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
D. JOSE LUIS RUIZ MARTINEZ
MAGISTRADOS:
D. MARIANO SANTOS PEÑALVER
D. JUAN RAFAEL BENÍTEZ YÉBENES
En la Ciudad Autónoma de Melilla a 18 de Marzo de 2.005.
La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga con sede permanente en Melilla, constituida a este efecto por los Magistrados que al margen se expresan, han visto, en nombre de S.M. el Rey de España, los presentes autos de Juicio Verbal nº 123/04, sobre reclamación de cantidad seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de esta ciudad , en virtud de demanda formulada por D. Luis Carlos representada por la Procuradora Dª. Cristina Fernández Aragón, asistido del Letrado Dº Emilio Bosch Borrero contra la Compañía WINTERTHUR, representada por el Procurador Dº. José Luis Ybancos Torres, asistido del Letrado D. Vicente Cardenal; cuyos autos han venido a este Tribunal en virtud de Recurso de Apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada por la precitada instancia judicial, siendo Ponente para la redacción de esta Sentencia el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS RUIZ MARTINEZ.
Se aceptan y dan por reproducidos los de la Sentencia apelada.
En el proceso de referencia el día doce de Mayo de dos mil cuatro se dictó sentencia cuyo es del tenor literal siguiente: "Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por el procurador Srª. Cristina Fernández Aragón en representación procesal de Luis Carlos y condeno a la entidad Winterthur al abono de la suma de 2.061,13 € con imposición a la aseguradora de las costas de la instancia".
Contra dicha resolución el Procurador Dº. José Luis Ybancos Torres, en la representación acreditada de la Compañía Winterthur, interpuso en tiempo y forma recurso de apelación solicitando la revocación parcial de la sentencia dictada en 1º instancia fijando la reclamación del actor en750 €.
Admitido a trámite, se dio traslado a la contraparte a efectos de oposición al recurso o, en su caso, impugnación de la resolución apelada, quien se opuso al recurso e interesó la confirmación de la sentencia apelada con imposición a la recurrente de las costas causadas; y remitidos los autos a esta Sala, tras lo trámites legales, se señaló día y hora para la votación y fallo del presente recurso.
No se aceptan los que en tal concepto refleja la resolución apelada en lo que se opongan, contradigan o desvirtúen los siguientes razonamientos jurídicos:
Sustenta la dirección letrada recurrente el núcleo de la impugnación a dilucidar en la presente vía de alzada sobre el exceso observado en la cuantificación de la minuta de honorarios presentada por la contraparte y asumida por juzgadora a quo. En el precitado contexto la precitada representación causídica postula que dicha partida habría de reconducirse a la suma de 750 euros ; tesis que con arreglo a las argumentaciones vertidas en el...
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