SAP Córdoba 210/2006, 31 de Julio de 2006
Ponente | ANTONIO PUEBLA POVEDANO |
ECLI | ES:APCO:2006:1110 |
Número de Recurso | 151/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 210/2006 |
Fecha de Resolución | 31 de Julio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Córdoba, Sección 2ª |
SENTENCIA Nº 210/06
AUDIENCIA PROVINCIAL CÓRDOBA
SECCIÓN SEGUNDA
PRESIDENTE
D. ANTONIO PUEBLA POVEDANO
MAGISTRADOS
D. JOSE MARIA MORILLO VELARDE PÉREZ
DON JOSE ALFREDO CABALLERO GEA
APELACIÓN CIVIL
ROLLO Nº 151/06
AUTOS 311/05
JUICIO ORDINARIO
JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE POZOBLANCO
En Córdoba a treinta y uno de julio de dos mil seis.
Vistos por esta Sala los autos de juicio ordinario nº 311/05 seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Pozoblanco, entre D. Luis Manuel , representado por el procurador Sr./a. Dª. Beatriz Madrid Soriano, y asistido del letrado Sr./a Dª. Pilar Morán Martín, contra el concesionario de automóviles CHEVROLET, declarado en situación de rebeldía, y TALLERES HERMANOS ROMERO, representado por el Procurador/a Sr./a. D. Cristóbal Gómez Cabrera y asistido del letrado Sr./a. D. Rafael Vioque Cristin pendientes ante esta sala en virtud del recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada en estos autos. Siendo Ponente el Ilmo. Sr.D. ANTONIO PUEBLA POVEDANO, quien expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los de la sentencia apelada.
Seguido el juicio en todos sus trámites se dictó sentencia por el Magistrado-Juez, cuya parte dispositiva dice: "QUE DESESTIMANDO INTEGRAMENTE la pretensión ejercitada por Dª. Beatriz Madrid Soriano, Procuradora de los Tribunales y de D: Luis Manuel , ABSUELVO a DIRECCION000 , representado por el Procurador D. Cristóbal Gómez Cabrera, y al concesionario CHEVROLET, declarado en situación de rebeldía, de la reclamación contra ellos ejercitada.Las COSTAS se declaran impuestas a la parte demandante."
Contra dicha resolución, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por D. Luis Manuel , siendo parte apelada D. Benjamín Y Carlos Daniel ( DIRECCION000 C.B) y, recibidos los autos en esta Audiencia, se les dio el trámite establecido en la ley, estándose en el caso de dictar sentencia; personándose en tiempo y forma los Procuradores Sres. D. pedro Bergillos Madrid y Dª. Inés González Santa Cruz como parte apelante y apelada respectivamente.
En la tramitación de ambas instancias, se han observado las prescripciones legales.
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