SAP Murcia 31/2005, 28 de Abril de 2005

PonenteANDRES PACHECO GUEVARA
ECLIES:APMU:2005:973
Número de Recurso84/2005
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución31/2005
Fecha de Resolución28 de Abril de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 31

En la ciudad de Murcia, a veintiocho de abril de dos mil cinco.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación las presentes actuaciones de orden penal, rollo nº 84/05, procedentes del Juzgado de lo Penal nº 3 de Murcia, y tramitadas con el nº 798/04 por las normas del Procedimiento Abreviado de la Ley Orgánica 7/88 , por delito de lesiones domésticas contra Jesús Manuel , cuyas circunstancias personales ya constan; en virtud del recurso de apelación interpuesto por éste, que ha estado representado por el Procurador Sr. Luna Moreno y defendido por el Letrado Sr. Rigabert Montiel contra la sentencia de fecha 13/12/04 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Murcia en la causa indicada. Siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Andrés Pacheco Guevara, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal nº 3 de Murcia dictó, en las actuaciones de que el presente rollo dimana, sentencia de fecha 13/12/04 declarando probados los siguientes hechos:

ÚNICO.- Apreciando en conciencia la prueba practicada en el acto del Juicio Oral, expresa y terminantemente se declara probado que sobre las 15'30 horas del día 13 de noviembre de 2004, el acusado Jesús Manuel , mayor de edad, y sin antecedentes penales, sostuvo una discusión con su esposa Isabel en el domicilio familiar sito en Caravaca y en el que también se encontraba su hija menor de edad, en el curso de la cual cogió por el cuello a su esposa con ambas manos, abofeteándola, cayendo ella al suelo dándose en el glúteo derecho. Al levantarse la agredida se encerró en su habitación llamando a la Guardia Civil que se personó en el domicilio, siendo detenido el acusado.A consecuencia de estos hechos, Isabel sufrió lesiones consistentes en eritema en región cervical, poli contusiones y crisis de ansiedad, con una sola asistencia facultativa y 3 días de lesión de los cuales uno lo es con impedimento.

Nada se reclama por estas lesiones. La perjudicada retiró la denuncia presentada ante la Guardia Civil.

SEGUNDO

Como consecuencia de ello, la expresada resolución contiene el siguiente fallo:

"Que debo condenar y condeno a Jesús Manuel , como autor criminalmente responsable de un delito de lesiones por violencia familiar, ya definido, a la pena de nueve meses de prisión, accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de dos años, y, como pena accesoria igualmente, la prohibición de aproximación a Isabel , lo que le impide acercarse a ella, en cualquier lugar que se encuentre, o a su domicilio o a su lugar de trabajo, o a cualquier otro que sea frecuentado por ella,...

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