SAP Salamanca 277/2001, 6 de Junio de 2001
Ponente | RUBEN MANUEL DE MARINO BORREGO |
ECLI | ES:APSA:2001:427 |
Número de Recurso | 220/2001 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 277/2001 |
Fecha de Resolución | 6 de Junio de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª |
SENTENCIA NUMERO 277/01
Ilmo. Sr. Presidente Acctal.
DON ILDEFONSO GARCIA DEL POZO
Ilmos. Sres. Magistrados
DON JAIME MARINO BORREGO
DON JOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO
En la Ciudad de Salamanca, a seis de Junio de dos mil uno.
La Audiencia Provincial de Salamanca ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal Civil número 19/01 del Juzgado de Primera Instancia N° 1 de Ciudad Rodrigo, Rollo de Apelación N° 220/01; han sido partes en este recurso: como demandante-apelado D. Fermín , de Sancti Spíritus (Salamanca), quien comparece por sí mismo y bajo la dirección del Letrado D. Manuel Mateos Herrero, como demandados-apelantes D. Juan Alberto , de Sancti Spíritus (Salamanca) y AEGON SEGUROS S.A., de Salamanca, representados por el Procurador D. José Ramón Cid Cebrián, y bajo la dirección de la Letrada Dª. Rosario Carrero García y como demandado que ha permanecido en situación de rebeldía D. Rosendo ; y sobre reclamación de cantidad por responsabilidad civil extracontractual derivada de accidente de tráfico.
-
- El día 8 de Marzo de 2.001 se dictó sentencia por la Sra. Juez de Primera Instancia N° 1 de Ciudad Rodrigo que contiene el siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por Don Fermín contra Don Juan Alberto , Don Rosendo y la Cia de Seguros Aegón debo condenar y condeno a los codemandados a abonar conjunta y solidariamente al actor la cantidad de 148.667, más los intereses legales a computar desde la fecha de esta Sentencia, incrementados respecto a la Aseguradora en el 50% considerándose producidos por días a computar desde la fecha del siniestro (19 de Diciembre de 2000), con imposición de las costas a los demandados".
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- Contra referida sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación jurídica de los demandados D. Juan Alberto y Aegón Seguros S.A., haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones y terminó suplicando se dicte sentencia revocando la de instancia en base a los fundamentos contenidos en el recurso de apelación, con imposición de las costas a la parte actora; dado traslado a las demás partes de la interposición del recurso, por el demandante se opuso al mismo haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus intereses para terminar suplicando se dicte sentencia por la que, desestimando el recurso, se confirme íntegramente la sentencia con imposición de costas a la parte apelante.
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- Recibidos los autos en esta Audiencia se formó el oportuno Rollo, señalándose para la votación y Fallo del recurso el día 31 de Mayo de 2.001 y pasando los autos al Ilmo. Sr. Magistrado-Ponente para dictar sentencia.4°.- Observadas las formalidades legales.
Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON JAIME MARINO BORREGO.
Aceptados los de la sentencia recurrida.
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