SAP Zaragoza 70/2005, 10 de Febrero de 2005
Ponente | JAVIER SEOANE PRADO |
ECLI | ES:APZ:2005:340 |
Número de Recurso | 351/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 70/2005 |
Fecha de Resolución | 10 de Febrero de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª |
SENTENCIA NÚMERO SETENTA
Ilmos. Señores:
Presidente:
D. José J. Solchaga Loitegui
Magistrados:
D. Javier Seoane Prado
D. Eduardo Navarro Peña
En la Ciudad de Zaragoza a diez de Febrero de dos mil cinco.
En nombre de S.M. el Rey
VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 10 de febrero de 2005, por el Juzgado de Primera Instancia Número Ocho de Zaragoza, en autos de J. Verbal, seguidos con el número 229/04 , sobre reclamación de cantidad, de que dimana el presente rollo de apelación numero 351/04, en el que han sido partes, apelante, la demandante Dª Verónica , y, apelada, la demandada GEOCHELONE, S.L. (MALAWI), siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Javier Seoane Prado que expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y
La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: 1º) Desestimo la demanda interpuesta por Dª Verónica contra Geochelone, S.L. (Malawi).
-
) Absuelvo a la citada parte demandada
-
) Impongo las costas a la parte actora"
Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación procesal de la demandante, Dª Verónica , se interpuso en tiempo y forma contra la misma recurso de apelación. Dado traslado a la parte demandada formuló oposición al presente recurso remitiéndose los autos originales a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta.
Recibidos los autos, formado el correspondiente rollo, sin celebración de Vista, se señaló para deliberación y votación el día 8 de febrero de 2005, en que tuvo lugar.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la resolución recurrida en tanto no se opongan a los de la presente resolución y;
Dª Verónica reclama la 721 € a Geochelone SL (Malawi) en concepto de daños y perjuicios derivados del incumplimiento por esta última de la obligación de entregarle el pedigrí de la perra de la raza schnauzer miniatura que le compró el día 13-2-2003 por un precio de 721 €.
El juzgador de primer grado rechaza la pretensión deducida al entender la demandada no ha incurrido en el incumplimiento que le es imputado sino que lo ocurrido es una falta de entendimiento entre los contratantes sobre quien habría de firmar la documentación por parte de la compradora, debido a la imprecisión de si la compra había sido realizada por la actora o por su hija Dª Seida en el momento de recoger el justificante de inscripción en el Libro de Orígenes de la Sociedad Canina de España (LOE). Además considera que el mero incumplimiento contractual no genera por sí solo obligación de indemnizar, sino que es preciso que la demandante acredite los daños cuyo resarcimiento reclama, y en el presente caso la actora no se ha ocupado de alzar tal...
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