SAP Valencia 142/2005, 15 de Marzo de 2005
Ponente | MARIA FE ORTEGA MIFSUD |
ECLI | ES:APV:2005:1337 |
Número de Recurso | 129/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 142/2005 |
Fecha de Resolución | 15 de Marzo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª |
SENTENCIA Nº___142______
SECCIÓN OCTAVA
Ilustrísimos Señores:
Presidente,
D. Eugenio Sánchez Alcaraz
Magistrados,
D. Enrique Emilio Vives Reus
Dª. Mª Fe Ortega Mifsud
En la ciudad de Valencia, a quince de Marzo de dos mil cinco.
Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª Fe Ortega Mifsud, los autos de juicio Verbal, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Valencia, con el nº 291/04 , por D. Juan contra D. Rafael . sobre "Resolución de contrato-pago de cantidad", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por D. Rafael .
La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de Primera Instancia nº 19 de Valencia, en fecha 25 de Octubre de 2004 , contiene el siguiente: "FALLO: Estimando íntegramente la demanda interpuesta por Dª. Dolores Jordá Albiñana, Procurador de los Tribunales, actuando en nombre y representación de D. Juan , contra D. Rafael : a) Debo declarar y declaro resuelto a fecha 28 de Febrero de 2004 el contrato de arrendamiento de vivienda iniciado en fecha 1 de Marzo de 1996 entre los litigantes, recayendo sobre el inmueble sito en Valencia, PLAZA000 , nº NUM000 - NUM001 , condenando al Sr. Rafael a dejar libre y vacua la vivienda con apercibimiento de lanzamiento. B) Debo condenar y condeno al Sr. Rafael a abonar al Sr. Juan la suma de novecientos sesenta y un euros con sesenta céntimos de euro de principal en concepto de indemnización de daños y perjuicios por falta de abandono de la vivienda, objeto del expediente, a fecha de Febrero de 2004, cantidad a la que se agregará el importe de otros ciento veinte euros con veinte céntimos de euro por cada mes en que se mantenga la ocupación a partir del 31 de Octubre de 2004, sin perjuicio de eventual prorrateo, y más los intereses desde sentencia sobre la suma señalada como principal. C) Y debo condenar y condeno al Sr. Rafael a abonar al actor las costas que le hayan sido originadas en la instancia.
Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por d. Rafael , admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, señalándosepara Deliberación y votación el 9 de Marzo de 2005.
Se han observado las prescripciones y formalidades legales.
D. Juan presentó demanda frente a D. Rafael en ejercicio de la acción de resolución de contrato de arrendamiento de vivienda por expiración de termino y reclamación de daños y perjuicios por la morosidad en el desalojo. El demandado ciñó su oposición a la inexistencia de preaviso por entender que el documento nº 2 de la demanda de 10 de Diciembre de 2003, se firmó por el demandado bajo una fuerte depresión y quedo sin efecto por el de 12 de Diciembre y además se han ido pagando los recibos estando consignadas las rentas. La sentencia de instancia estimó la demanda y...
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