SAP Córdoba 45/2007, 2 de Marzo de 2007
Ponente | FRANCISCO DE PAULA SANCHEZ ZAMORANO |
ECLI | ES:APCO:2007:592 |
Número de Recurso | 376/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 45/2007 |
Fecha de Resolución | 2 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Córdoba, Sección 3ª |
SENTENCIA Nº 45/07
PRESIDENTE ILMO. SR.
D. FRANCISCO SÁNCHEZ ZAMORANO
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D. FELIPE MORENO GÓMEZ
D. PEDRO VELA TORRES
JUZGADO DE ORIGEN: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 5 DE CORDOBA
ROLLO DE APELACIÓN Nº 376/2006
JUICIO Nº 47/2006
En la Ciudad de CORDOBA a dos de marzo de dos mil siete.
La SECCION Nº 3 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CORDOBA, ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra autos de 47/2006 seguidos en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 5 DE CORDOBA entre el demandante Jesús Manuel representado por el Procurador Sr Mª JULIA LOPEZ ARIAS y defendido por el Letrado Sr. MEDINA RAMIREZ FEDERICO, y el demandado Milagros representado por el Procurador Sr. POZO MARTINEZy Mª NIEVES y defendido por el Letrado Sr. GARCÍA ORELLANA, siendo parte el MINISTERIO FISCAL pendientes en esta Sala a virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte demandante contra sentencia recaída en autos, siendo Ponente del recurso el Magistrado ILTMO. SR. D. FRANCISCO SÁNCHEZ ZAMORANO.
Aceptando los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida y,
Que seguido el juicio por sus trámites se dictó sentencia por el Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 5 DE CORDOBA cuyo fallo es como sigue: Que debo estimar y estimo en parte la demanda formulada por D. Jesús Manuel contra Dª, Milagros , sobre medidas de hijos de uniones de hecho y debo aprobar y apruebo las siguientes medidas definitivas: 1) Se atribuye a la madre la guarda y custodia del menor, Jose Augusto , sujeto a la patria potestad de ambos progenitores.- 2) Se atribuye al hijo menor y a la madre en cuya compañía queda el uso y disfrute de la vivienda familiar, de la que deberá salir el padre pudiendo retirar sus ropas y enseres de uso personal.- 3) El régimen de visitas a favor del padre, a falta de acuerdo, durante la semana, martes y jueves desde las 18,30 horas a 21,30 horas, en primavera-verano y desde las 18 horas a 20 horas, en otoño e invierno; Fines de semanaalternos, desde las 10 horas del sábado a las 22 horas del domingo, en primavera- verano y hasta las 20 horas en otoño e invierno. Período de vacaciones escolares de Navidad, se dividirá en dos períodos, el primero desde las 11 horas del inicio de las vacaciones hasta las 11 horas del día 31 de diciembre; el segundo desde ese día hasta el último día de las vacaciones escolares. Los años pares corresponde al padre el primer período y el segundo a la madre; los años impares a la inversa. Semana Santa, el primer período comienza a las 11 horas del viernes de Dolores hasta las 11 horas del miércoles santo; el segundo período desde ese días hasta el fin de las vacaciones escolares; Los años pares corresponde al padre el primer período y el segundo a la madre; los años impares a al inversa. En verano, el mes de julio corresponde al padre los años pares y agosto a la madre, los años imapres a la inversa. La recogida y entrega del menor se realizará en el domicilio materno.- 4) Se fija la cantidad mensual de CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS (450 euros), en concepto de pensión de alimentos para el hijo menor, a abonar por el padre, pagadera pro anticipado dentro de los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta que al efecto designe la madre. Dicha...
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