STSJ Comunidad de Madrid 837/2014, 27 de Junio de 2014
Ponente | JOAQUIN HERRERO MUÑOZ-COBO |
ECLI | ES:TSJM:2014:9270 |
Número de Recurso | 1260/2011 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 837/2014 |
Fecha de Resolución | 27 de Junio de 2014 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Novena
C/ General Castaños, 1 - 28004
33009710
NIG: 28.079.00.3-2011/0003433
Procedimiento Ordinario 1260/2011
Demandante: D./Dña. Belen
PROCURADOR D./Dña. YOLANDA LUNA SIERRA
Demandado: Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid. Ministerio de Economía y Hacienda
Sr. ABOGADO DEL ESTADO
COMUNIDAD DE MADRID
LETRADO DE COMUNIDAD AUTÓNOMA SENTENCIA No 837
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN NOVENA
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. Ramón Verón Olarte Magistrados:
Da. Ángeles Huet de Sande Dª. Berta Santillán Pedrosa
D. Joaquín Herrero Muñoz Cobo
Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el presente recurso contencioso-administrativo nº 1260/11, interpuesto por la Procuradora Dña. Yolanda Luna Sierra contra resolución del TEAR inadmitiendo por extemporánea reclamación económico administrativa contra resolución desestimatoria de recurso de reposición contra diligencia de embargo. Habiendo sido parte la Administración demandada, representada por la Abogacía del Estado, y, como codemandada la Comunidad de Madrid representada por sus Servicios Jurídicos.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos en la ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó dentro de plazo, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución administrativa objeto de impugnación.
Los Servicios Jurídicos del Estado y de la Comunidad de Madrid contestan a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia en la que se confirme la resolución recurrida por encontrarse ajustada a derecho.
Sin recibir el pleito a prueba los autos fueron declarados conclusos
En este estado se señala para votación el día 26 de junio de 2014, teniendo lugar así. QUINTO.- En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales. Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Joaquín Herrero Muñoz Cobo
Es objeto del presente recurso resolución del TEAR inadmitiendo por extemporánea reclamación económico administrativa contra resolución desestimatoria de recurso de reposición contra diligencia de embargo.
Aprecia la resolución impugnada del TEAR que la resolución impugnada se notifica el día 23 de Junio de 2009, y que por ello la reclamación ante el TEAR, el 25 de Julio de 2009 es extemporánea.
Estima la recurrente que la reclamación económico administrativa se debe entender interpuesta en plazo, pues el recurso de reposición se interpuso por abogado que designaba domicilio, por lo que la notificación de su...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STSJ Comunidad de Madrid 731/2017, 31 de Octubre de 2017
...de interrupción (en este mismo sentido se pronuncia el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en sentencias de 04-10-2012, 11-06-2014, 27-06-2014 y 28-01-2015 ), pudiendo quedar suspendido solamente en los concretos casos previstos, con carácter general, en el artículo 42.5 de la Ley 30/19......