ATS, 9 de Septiembre de 2014

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2014:7058A
Número de Recurso1552/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a nueve de Septiembre de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de D. Amador la, con fecha 18 de junio de 2013 se ha interpuesto recurso de Casación y Extraordinario por infracción procesal contra la Sentencia dictada, en fecha 9 de mayo de 2013, por la Audiencia Provincial de Vitoria (Sección 1ª), en el rollo de apelación nº 165/2013 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1638/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Vitoria.

  2. - Por Diligencia de ordenación de fecha 27 de febrero de 2013 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de apelación y al Ministerio Fiscal.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, la procuradora de los tribunales Dª Ana Isabel Lobera Argüelles, designada por le turno de oficio, presento escrito en nombre y representación de D. Amador , compareciendo ante esta Sala en concepto de parte recurrente. La parte recurrida no ha comparecido en debida forma ante esta Sala.

  4. - Por la parte recurrente no se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, al gozar del beneficio de justicia gratuita.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de Casación y Extraordinario por Infracción Procesal interpuesto por la representación procesal de D. Amador al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. - No habiéndose personado en el presente rollo la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o, en su caso, para la votación y fallo del recurso de casación.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuesto por la representación procesal de D. Amador contra la Sentencia dictada, en fecha 9 de mayo de 2013, por la Audiencia Provincial de Vitoria (Sección 1ª), en el rollo de apelación nº 165/2013 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1638/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Vitoria.

  2. ) No habiéndose personado en el presente rollo la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o, en su caso, para la votación y fallo del recurso de casación.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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