STSJ Murcia 717/2008, 19 de Septiembre de 2008
Ponente | JOSE LUIS ALONSO SAURA |
ECLI | ES:TSJMU:2008:1430 |
Número de Recurso | 621/2008 |
Número de Resolución | 717/2008 |
Fecha de Resolución | 19 de Septiembre de 2008 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el recurso de suplicación interpuesto por doña Magdalena , contra la sentencia número 0087/2008 del Juzgado de lo Social número 1 de Murcia, de fecha 3 de abril, dictada en proceso número 0832/2007, sobre alta médica, y entablado por doña Magdalena frente a don Juan María ; Mutua Valencia de Levante; Servicio Murciano de Salud; Instituto Nacional de la Seguridad Social; Tesorería General de la Seguridad Social.
Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.
La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "1°.- Resultando probado que Magdalena , nacida en Caravaca de la Cruz (Murcia) el 13 de marzo de 1.972, ha sido alta en Seguridad Social Régimen de Seguridad Social General, por tareas de conductor repartidor de paquetería. 2°.- Fue dada de baja por IT en 2 de marzo de 2007 por traumatismo dorso escapular derecho, médico perteneciente a UMIVALE, en la que permaneció hasta el 27-9-2007, en que fué dada de alta por curación, acordada pormédico de Umivale. 3°.- Presenta: protusiones discales mediales C3-C4,C5-C6 y C6-C7 con canal raquídeo y cordón medular normal, protrusiones discales mediales D6-D7, D7-D8 y D10-D11, con canal raquídeo y cordón medular normal. Fue nueva baja por incapacidad temporal por el diagnostico de sarampión cervicalgia el 17 de octubre de 2007 y el alta 28 de octubre de 2007. 4°.- En el momento del accidente prestaba servicios para la empresa Juan María , quien tenía documento de asociación con la Mutua UMIVALE. 5°.- Se interpuso Reclamación Previa. 6°.- La Base Reguladora es de 38,82 euros día"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por Magdalena contra Mutua UMIVALE, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Servicio Murciano de Salud y Juan María debo absolver a estos de aquella".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la Letrada doña María del Carmen Ruiz Arjona, en representación de la parte demandante, con impugnación de la Letrada doña Aurora Scasso Verganzones, en representación de la Mutua demandada.
FUNDAMENTO PRIMERO.- La parte demandante, Magdalena , presentó demanda, solicitando: "que se anule el alta médica de 27 de septiembre de 2007".
La sentencia desestimó la demanda, considerando que el alta de fecha 27 de septiembre de 2007 fue correcta.
Disconforme, instrumenta recurso de suplicación, en el que, a través de dos motivos de recurso; dedicados, uno, a la revisión de los hechos declarados probados y, otro, al examen del derecho aplicado, acaba solicitando la revocación de la sentencia recurrida.
La Mutua codemandada impugna el recurso oponiéndose.
FUNDAMENTO SEGUNDO.- Inicialmente, al amparo del artículo 191, apartado b), se solicita la revisión del hecho declarado probado segundo , que debería ampliarse en los siguientes términos: "En fecha 27/09/07, los servicios médicos de Umivale extendieron a la actora parte médico de alta por curación, padeciendo en esa fecha las...
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