STSJ Castilla y León 988/2008, 8 de Octubre de 2008
Ponente | MANUEL MARIA BENITO LOPEZ |
ECLI | ES:TSJCL:2008:3948 |
Número de Recurso | 988/2008 |
Número de Resolución | 988/2008 |
Fecha de Resolución | 8 de Octubre de 2008 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el Recurso de Suplicación núm. 998/08 interpuesto por Gerencia de Salud de las Áreas de Valladolid, Junta de Castilla y León, contra la Sentencia del Juzgado de lo Social 1 de Valladolid de fecha 10 de enero de 2008, recaída en autos nº 379/07, seguidos a virtud de demanda promovida por D. Raúl contra precitada recurrente, sobre Reintegro de Gastos Médicos, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON Manuel Mª Benito López.
Con fecha 27-4-08, procedente de reparto, tuvo entrada en el Juzgado de lo Social 1 de Valladolid demanda formulada por D. Raúl en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia estimando parcialmente referida demanda.
En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes:
El demandante Don Raúl , nacido el 27 de mayo de 1.970, figura afiliado a la Seguridad Social con el número NUM000 .
Con fecha 24 de diciembre de 2.006, el demandante acudió al servicio de urgencias del Hospital del Río Hortera por recomendación del servicio de urgencias delambulatorio de Medina de Rioseco, al presentar visión borrosa y pérdida de visión en el ojo derecho, trasladándose en taxi. Con fecha 25, día de Navidad, nuevamente acude al mismo servicio, donde le recomiendan que vuelva al día siguiente, lo que así hace, siendo diagnosticado de desprendimiento de retina con gran desgarro, recomendando la intervención quirúrgica que podría llevarse a efecto después de la festividad de Reyes, al no existir especialistas durante ésos días. Tercero.- Ante el anuncio en la demora de la intervención quirúrgica, el demandante se puso en contacto con el Instituto de Microcirugía Ocular de Barcelona (IMO), siendo intervenido de desprendimiento de retina en el ojo derecho, con desgarro gigante temporal, el 28 de diciembre de 2.006, ascendiendo los gastos de intervención, paramédicos y traslado a
6.331,43 Euros, según desglose que el demandante hace constar en el hecho quinto de su demanda que se da por reproducido. El demandante conocía el centro IMO por haber sido intervenido de cirugía refractiva en ambos ojos, años antes. Cuarto.- Con fecha 26 de enero de 2.007, solicitó el reintegro de los gastos ocasionados, habiendo recaído resolución denegatoria de la Junta de Castilla y León, Gerencia de Salud de Areas de Valladolid, de fecha 6 de febrero de 2.007. Quinto.- Formulada reclamación previa, en tiempo y forma, fue desestimada por resolución de la Junta de Castilla y León, Gerencia de Salud de Areas de Valladolid, de fecha 23 de marzo de 2.007, interponiendo demanda ante el Juzgado Decano el día 26 de abril de 2.007, siendo turnada a este Juzgado el día siguiente.
Interpuesto Recurso de Suplicación contra dicha Sentencia por la Gerencia demandada, fue impugnado por el actor. Elevados los autos a esta Sala se designó Ponente, acordándose la participación a las partes de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba