SAP Madrid 310/2014, 17 de Junio de 2014
Ponente | GUILLERMO RIPOLL OLAZABAL |
ECLI | ES:APM:2014:10267 |
Número de Recurso | 217/2013 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 310/2014 |
Fecha de Resolución | 17 de Junio de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 21ª |
Audiencia Provincial Civil de Madrid
Sección Vigesimoprimera
C/ Ferraz, 41 - 28008
Tfno.: 914933873,3872
37007740
N.I.G.: 28.079.00.2-2013/0003728
Recurso de Apelación 217/2013
O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 13 de Madrid
Autos de Verbal Desahucio Falta Pago 1105/2012
APELANTE: D./Dña. Nazario
PROCURADOR D./Dña. ANGEL FRANCISCO CODOSERO RODRIGUEZ
APELADO: D./Dña. Roberto
PROCURADOR D./Dña. CARMEN GARCIA RUBIO
SENTENCIA
MAGISTRADOS Ilmos Sres.:
D. GUILLERMO RIPOLL OLAZABAL
Dª ROSA MARIA CARRASCO LOPEZ
Dª MARIA ALMUDENA CANOVAS DEL CASTILLO PASCUAL
En Madrid, a diecisiete de junio de dos mil catorce. La Sección Vigesimoprimera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto, en grado de apelación los autos de juicio verbal 1105/2012 procedentes del Juzgado de primera Instancia nº 13 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como Apelante-Demandado: D. Nazario, y de otra, como ApeladoDemandante: D. Roberto .
VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. DON GUILLERMO RIPOLL OLAZABAL
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 13 de Madrid, en fecha diecisiete de enero de dos mil trece, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: 1) Se tiene por desistido a D. Roberto de la acción de desahucio ejercitada contra D. Nazario, sin imposición de las costas de la misma. 2) Estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Roberto, representada por el Procurador Dª CARMEN GARCIA RUBIO, contra D. Nazario, sobre la reclamación de cantidad, CONDENO a D. Nazario a pagar a D. Roberto la cantidad de CATORCE MIL QUINIENTOS SEIS EUROS CON NOVENTA Y CINCO CENTIMOS (14.506,95 euros), más los intereses legales desde la fecha de vencimiento de cada una de las rentas hasta esta sentencia incrementados en dos untos desde la misma. Todo ello con expresa imposición de las costas de esta acción."
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, del que se dio traslado a la parte apelada, quién se opuso en tiempo y forma. Elevándose los autos junto con oficio ante esta Sección, para resolver el recurso.
Por providencia de esta Sección, de 22 de mayo de 2014, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 10 de junio de 2014.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.
El uno de julio de 2005 se celebró un contrato de arrendamiento para uso distinto de vivienda entre el demandante D. Roberto y el demandado D. Nazario, que tenía como objeto un local en la calle Germán Pérez Carrasco número 27, bajo izquierda, de Madrid, actualmente calle Federico Gutiérrez número 12, para ser destinado a bar, habiendo entregado el arrendatario a la celebración del contrato una fianza de 12.621,25 euros.
Alegando el demandante-arrendador D. Roberto que el arrendatario adeudaba la cantidad de 8.147,96 euros por rentas pendientes, promovió el juicio verbal de que dimana el presente Rollo de apelación, en el que acumuló la acción de desahucio por falta de pago de las rentas a la de reclamación de las rentas adeudadas, incluyendo asimismo las que fueran venciendo hasta la entrega efectiva de...
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SAP Madrid 512/2016, 14 de Diciembre de 2016
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