SAP Madrid 377/2014, 1 de Julio de 2014

PonenteIGNACIO SANCHEZ YLLERA
ECLIES:APM:2014:7959
Número de Recurso817/2014
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución377/2014
Fecha de Resolución 1 de Julio de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

Sección nº 04 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ Santiago de Compostela, 96 - 28071

Teléfono: 914934570,914934427,4606,4751

Fax: 914934569

37050100

N.I.G.: 28.079.00.1-2014/0017450

Apelación Juicio de Faltas 817/2014

Origen :Juzgado de Instrucción nº 29 de Madrid

Juicio de Faltas 666/2013

Apelante: D./Dña. Cirilo

Letrado D./Dña. OSCAR MELCHOR RODRIGUEZ VALVERDE

Apelado: D./Dña. MINISTERIO FISCAL

La Sección Cuarta de Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado, en nombre de SU MAJESTAD EL REY, la siguiente:

S E N T E N C I A NÚM. 377/2014

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Cuarta

ILMO. SR. MAGISTRADO

D. IGNACIO SÁNCHEZ YLLERA

En Madrid, a uno de julio de dos mil catorce.

Visto en segunda instancia por el Ilmo. Sr. Magistrado al margen señalado, que actúa en este caso como Tribunal Unipersonal, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial, el recurso de apelación presentado a través de su representación letrada, por DON Cirilo, contra la Sentencia condenatoria de fecha 17 de enero de 2014, dictada en el juicio de faltas arriba reseñado (Juicio de Faltas núm. 666/2013; Juzgado de Instrucción núm. 29 (Madrid). Ha sido parte en la presente impugnación el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el proceso judicial previo, seguido ante el Juzgado de Instrucción, la apelante DON Cirilo fue condenado, tras ser considerado autor de una falta de lesiones, a la pena de treinta días de multa, con cuota diaria de 4 euros, y al pago de responsabilidad civil por las lesiones causadas (150 euros). Los hechos probados de la Sentencia de instancia, sintéticamente expuestos, describen una agresión del apelante a un médico, en el interior de un Hospital, tras recriminarle que estuviera poniendo en la pared unos carteles relativos a un conflicto laboral existente. SEGUNDO. Notificada dicha resolución a las partes, se ha presentado la presente impugnación alegando que el recurrente no puso asistir al juicio debido a su discapacidad psíquica. El recurso ha sido impugnado por el Ministerio Fiscal que ha solicitado la confirmación de la resolución recurrida.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan íntegramente los hechos declarados probados en la Sentencia de instancia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal del apelante solicita se declare la nulidad del juicio debido a la discapacidad psíquica de su representado que -según afirma- le impidió en este caso conocer la trascendencia de la citación de que fue objeto y, conforme a ella, asistir al juicio oral haciendo valer la prueba que considerara oportuna para su defensa. Aporta con su recurso informe médico de septiembre de 2012 -9 meses anterior a los hechos y 16 meses anterior al acto del juicio oral- que refiere un trastorno psiquiátrico depresivo recurrente, con dos intentos autolíticos previos.

La impugnación no puede ser atendida al no acreditar por sí misma en el apelante un estado mental actual que le impidiera conocer la trascendencia del acto procesal al que fue convocado con dos meses de antelación: los informes médicos aportados con la apelación, al igual que los que constan unidos a la causa (folios 17 a 19) dan cuenta de un trastorno de la personalidad -con episodios depresivos- que, cualquiera que sea su relevancia...

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