STSJ Murcia 868/2007, 2 de Julio de 2007

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2007:879
Número de Recurso771/2007
Número de Resolución868/2007
Fecha de Resolución 2 de Julio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por doña Fátima , contra la sentencia número 0122/2007 del Juzgado de lo Social número 5 de Murcia, de fecha 20 de marzo, dictada en proceso número 0862/2006, sobre Seguridad Social, y entablado por doña Fátima frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social; Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La demandante Da. Fátima , con D.N.I. NUM000 , domiciliada en Murcia fue dada de alta en Seguridad Social el 6-3-2006; si bien, con efectos desde el 15-3-2005. SEGUNDO.- Dio a luz el 29-11-2005, solicitando la prestación económica por maternidad el 20-12-2005. Desestimándose por el I.N. S.S. dicha petición por resolución que fue notificada el 2-2-2006, fundamentada de 23-1-2006 en no encontrarse en situación de alta ni asimilada al alta, y por no reunir el periodo mínimo de cotización. TERCERO.- Contra dicha resolución no interpusoreclamación administrativa previa. CUARTO.- Con fecha 19-9-2006 solicitó nuevamente la prestación por maternidad, la que fue desestimada, interponiendo reclamación administrativa previa, que fue también desestimada por resolución de 2-10-2006, fundamentada en que si bien la prestación económica solicitada no se encontraba prescrita, los efectos económicos del reconocimiento no pueda ir más allá de los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la correspondiente solicitud"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Desestimar la demanda promovida por doña Fátima , y en consecuencia procede absolver de la misma al Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social demandados".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don José Javier Conesa Buendía, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La actora doña Fátima presentó demanda, sobre reconocimiento del derecho a percibir la prestación de maternidad, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, en reclamación de que se le reconociese dicho derecho; demanda que fue desestimada por el Juzgado a quo al considerar que el período de descanso había finalizado con anterioridad a la fecha a la que se retrotraen los efectos de la solicitud.

Frente a dicho pronunciamiento se interpone recurso de suplicación por la parte actora; basado, en primer lugar, en la revisión de hechos probados de la sentencia recurrida, al amparo del artículo 191, b) de la Ley de Procedimiento Laboral ; y, en segundo lugar, en el examen del derecho aplicado, a tenor del artículo 191, c) de la Ley de Procedimiento Laboral , por infracción del artículo 43.1 de la Ley General de la Seguridad Social , en relación con el artículo 133 ter del mismo texto legal y el artículo 35 del...

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