SAP Sevilla 146/2014, 28 de Mayo de 2014
Ponente | JOAQUIN PABLO MAROTO MARQUEZ |
ECLI | ES:APSE:2014:1981 |
Número de Recurso | 4093/2014 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 146/2014 |
Fecha de Resolución | 28 de Mayo de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 8ª |
4 Jv14-4093
AUDIENCIA PROVINCIAL. Sección 8ª SEVILLA
Prado de San Sebastián, s.n.
Proc. Origen: Juicio Verbal número 2035/12
Juzgado: de Primera Instancia número 21 de Sevilla
Rollo de Apelación: 4093/14-B
SENTENCIA Nº
En Sevilla, a 28 de mayo de 2014.
El Ilustrísimo Sr. Magistrado D. JOAQUÍN MAROTO MÁRQUEZ de la Sección 8ª de la Ilustrísima Audiencia Provincial de esta Capital, ha visto en trámite de apelación los presentes autos de carácter civil tramitados como procedimiento de Juicio Verbal de reclamación de cantidad, con el número 2035/12 por el Juzgado de Primera Instancia número 21 de Sevilla, todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación de D. Marino y AXA SEGUROS GENERALES, S.A., contra la Sentencia dictada por el Juzgado referido en fecha 17 de septiembre de 2013 .
Por el Juzgado de Primera Instancia número 21 de Sevilla y en los autos de Juicio Verbal Nº 2035/12, se dictó Sentencia con fecha del 17 de septiembre de 2013, que contiene el siguiente
FALLO
ESTIMADA PARCIALMENTE la demanda interpuesta por Dª Mariola, representado por Dª Lucia Suárez -Bárcenas Palazuelo, contra D Marino Y AXA, CONDENO a la parte demandada al abono conjunto y solidario de la cantidad de, mil quinientos noventa y ocho euros con setenta y nueve céntimos ( 1.598,79 euros ), más intereses citados en el fundamento jurídico cuarto y costas.
Notificada a las partes la resolución de referencia, se interpuso contra ella recurso de apelación, dándose traslado del mismo a las partes, siendo a continuación remitidos los autos ante este Tribunal, quedando en la mesa del Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN MAROTO MÁRQUEZ, para su resolución.
En la tramitación de este recurso se han observado los trámites y formalidades legales.
No se aceptan los de la sentencia recurrida, y
La sentencia que es objeto de revisión en esta alzada estima parcialmente la demanda promovida por la propietaria del vehículo YO- ....-YH . Reclamaba una indemnización por los daños materiales causados el día 21 de febrero de 2010 en el término municipal de Camas. Dirigió su acción contra el conductor del vehículo al que reprochó la culpa y la aseguradora del mismo. La Juez rechaza la excepción de prescripción. Incoado juicio de faltas acabó con el dictado de un título de cantidad líquida máxima y una homologación del acuerdo para su pago de fecha 16 de diciembre de 2011. La demanda se interpone once meses después. No se cumple el año. Hay interrupción conforme a lo señalado en el artículo 1973 del Código Civil .
En cuanto al fondo, considera la sentencia que hay concurrencia de culpas, atendida la prueba practicada en los autos y rebaja la cantidad instada en la demanda. Se aplica el artículo 20 LCS y se condena en costas, pronunciamiento que, por razones obvias, fue remediado posteriormente en el correspondiente auto.
Recurre en apelación la parte condenada. Discute el rechazo de la prescripción, la apreciación que de la prueba pericial se hace en la sentencia y finalmente el fallo sobre costas.
La parte actora impugna el recurso y a su...
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SAP Cuenca 73/2018, 20 de Marzo de 2018
...-y ya se ha establecido por los Tribunales, (por ejemplo, por la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección 8ª, en Sentencia de 28.05.2014, recurso 4093/2014, cuyo criterio compartimos), que los avatares del procedimiento de indemnización a los lesionados en un siniestro, (o, añadimos nosotro......