SAP Sevilla 146/2014, 28 de Mayo de 2014

PonenteJOAQUIN PABLO MAROTO MARQUEZ
ECLIES:APSE:2014:1981
Número de Recurso4093/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución146/2014
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 8ª

4 Jv14-4093

AUDIENCIA PROVINCIAL. Sección 8ª SEVILLA

Prado de San Sebastián, s.n.

Proc. Origen: Juicio Verbal número 2035/12

Juzgado: de Primera Instancia número 21 de Sevilla

Rollo de Apelación: 4093/14-B

SENTENCIA Nº

En Sevilla, a 28 de mayo de 2014.

El Ilustrísimo Sr. Magistrado D. JOAQUÍN MAROTO MÁRQUEZ de la Sección 8ª de la Ilustrísima Audiencia Provincial de esta Capital, ha visto en trámite de apelación los presentes autos de carácter civil tramitados como procedimiento de Juicio Verbal de reclamación de cantidad, con el número 2035/12 por el Juzgado de Primera Instancia número 21 de Sevilla, todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación de D. Marino y AXA SEGUROS GENERALES, S.A., contra la Sentencia dictada por el Juzgado referido en fecha 17 de septiembre de 2013 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 21 de Sevilla y en los autos de Juicio Verbal Nº 2035/12, se dictó Sentencia con fecha del 17 de septiembre de 2013, que contiene el siguiente

FALLO

ESTIMADA PARCIALMENTE la demanda interpuesta por Dª Mariola, representado por Dª Lucia Suárez -Bárcenas Palazuelo, contra D Marino Y AXA, CONDENO a la parte demandada al abono conjunto y solidario de la cantidad de, mil quinientos noventa y ocho euros con setenta y nueve céntimos ( 1.598,79 euros ), más intereses citados en el fundamento jurídico cuarto y costas.

SEGUNDO

Notificada a las partes la resolución de referencia, se interpuso contra ella recurso de apelación, dándose traslado del mismo a las partes, siendo a continuación remitidos los autos ante este Tribunal, quedando en la mesa del Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN MAROTO MÁRQUEZ, para su resolución.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han observado los trámites y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los de la sentencia recurrida, y

PRIMERO

La sentencia que es objeto de revisión en esta alzada estima parcialmente la demanda promovida por la propietaria del vehículo YO- ....-YH . Reclamaba una indemnización por los daños materiales causados el día 21 de febrero de 2010 en el término municipal de Camas. Dirigió su acción contra el conductor del vehículo al que reprochó la culpa y la aseguradora del mismo. La Juez rechaza la excepción de prescripción. Incoado juicio de faltas acabó con el dictado de un título de cantidad líquida máxima y una homologación del acuerdo para su pago de fecha 16 de diciembre de 2011. La demanda se interpone once meses después. No se cumple el año. Hay interrupción conforme a lo señalado en el artículo 1973 del Código Civil .

En cuanto al fondo, considera la sentencia que hay concurrencia de culpas, atendida la prueba practicada en los autos y rebaja la cantidad instada en la demanda. Se aplica el artículo 20 LCS y se condena en costas, pronunciamiento que, por razones obvias, fue remediado posteriormente en el correspondiente auto.

SEGUNDO

Recurre en apelación la parte condenada. Discute el rechazo de la prescripción, la apreciación que de la prueba pericial se hace en la sentencia y finalmente el fallo sobre costas.

La parte actora impugna el recurso y a su...

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