SAP Cáceres 92/2006, 27 de Junio de 2006

PonenteMARIA FELIX TENA ARAGON
ECLIES:APCC:2006:541
Número de Recurso247/2006
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución92/2006
Fecha de Resolución27 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Cáceres, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 92/06

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE

Dª Mª FÉLIX TENA ARAGÓN

MAGISTRADOS

D. PEDRO V. CANO MAILLO REY

D. VALENTÍN PÉREZ APARICIO

==================== ============

ROLLO Nº 247/06

AUTOS Nº 310/05

JUZGADO DE LO PENAL NÚMERO DOS

DE CÁCERES CON SEDE EN PLASENCIA

==================== ============

En Cáceres, a veintisiete de junio de dos mil seis.

ANTECEDENTES DE HECHOS

Primero

Que por el Juzgado de lo Penal número dos de Cáceres con sede en Plasencia, en los autos reseñados al margen, seguido por un delito desobediencia, contra Jose Pablo y Plácido , se dictó Sentencia de fecha 2/2/06 , cuyos hechos probados y fallo son del tenor literal siguiente: HECHOSPROBADOS:"Los acusados Jose Pablo Plácido , mayores de edad, fueron condenados en su calidad de socios de la Asociación de ganaderos de San Blas en juicio civil verbal nº 89/2002 por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Plasencia, instado por la Asociación de propietarios de terrenos abiertos de Oliva de Plasencia, a desalojar las fincas objeto de arrendamiento, entre ellas, "Dehesa Mohedas", "Dehesa Vieja" y "Valdidillos". Como consecuencia del incumplimiento de dicha resolución se instó procedimiento de ejecución, dictándose auto de 27 de mayo de 2002 que fue notificado personalmente a los acusados, manteniendo el ganado en las fincas hasta septiembre de 2002, posteriormente en diciembre del mismo año lo volvieron a introducir, por lo que fueron requeridos en forma en fecha 27 de enero de 2003, a fin de que sacaran el ganado de dichas fincas apercibiéndoles expresamente de poder incurrir en un delito de desobediencia si no atendían al mandato judicial, pese a lo cual los acusados persistieron en su conducta y por ello se dictó sentencia en fecha 7 de octubre de 2004 por este Juzgado de lo Penal , en la que se condenaban, entre otros, a los acusados por un delito de desobediencia, sentencia recurrida y confirmada por la Audiencia Provincial de Cáceres en fecha 29 de diciembre de 2004 . Los acusados en fecha, 19 de octubre, 2 de noviembre, 11 de noviembre, 29 de noviembre, todas del año 2004, han sido denunciados por ocupar terreno en la "Dehesa Vieja" y "Dehesa Moheda"; los acusados consideran que las tierras donde introducen su ganado es de copartipación, copropietarios." FALLO: "Que debo absolver y absuelvo con todos los pronunciamientos favorables y declaración de sus costas de oficio a Jose Pablo y Plácido del delito de desobediencia grave, antes definido, que le imputaba el Ministerio Fiscal y la Acusación particular.".

Segundo

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpusieron sendos recursos de apelación por la representación de la Asociación de Propietarios de Terrenos Abiertos de Oliva de Plasencia y por el Ministerio Fiscal, que fueron admitidos en ambos efectos, y transcurrido el periodo de instrucción y alegaciones de conformidad con lo establecido en la L.E.Cr., se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial.

Tercero

Recibidas que fueron las actuaciones se formó el correspondiente rollo, con el oficio misivo por cabeza, registrándose con el número que consta en cabecera, se acusó recibo y se turnaron de ponencia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 792.1 de la L.E.Cr ., pasaron las actuaciones al Ilmo. Sr. Magistrado Ponente para examen de las mismas y dictar la oportuna resolución el día diecinueve de junio de dos mil seis.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

Vistos y siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª FÉLIX TENA ARAGÓN.

HECHOS PROBADOS

Único.- Se mantienen los de la sentencia de instancia salvo el último párrafo que queda relatado de la siguiente forma: Los acusados en fechas, al menos, de 19 de octubre, 2 de noviembre, 11 de noviembre y 29 de noviembre de 2004, han continuado introduciendo ganado de su propiedad en los terrenos denominados "Dehesa Vieja" y "Dehesa Mohedas".

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Dos son los recursos que se presentan contra la sentencia dictada en instancia, tanto el M. Fiscal como la acusación particular entienden que existe una infracción de ley en la resolución apelada.

Esta resolución contiene un pronunciamiento absolutorio porque considera que falta uno de los requisitos necesarios para declarar cometido el delito de desobediencia del art. 556 C.P . que se les imputaba a ambos acusados al no constar el requerimiento previo para que cesasen en su actitud de no acatar una resolución judicial. Reconoce esa misma juzgadora que existió un requerimiento el 27 de enero de 2003, pero al haberse dictado ya una sentencia condenatoria anterior nos encontraríamos con un agotamiento de ese requisito, y en su caso ante la excepción de cosa juzgada.

Segundo

No vamos a reiterar aquí cuáles son los requisitos del delito de desobediencia al constar ya en la sentencia de instancia y ser de todos conocidos, pero sí vamos a destacar alguna de sus particularidades por ser el nudo godiano del presente procedimiento.

Desobediencia equivale a incumplir una orden o mandato emanado de la autoridad o sus agentes. Dicha orden debe tener naturaleza concreta y no abstracta y dirigirse o hallarse especialmente destinada al sujeto que debe obedecerla engendrando su legitimidad el deber correlativo de acatamiento. La orden debe ser expresa, terminante y clara y que se haga conocer a su destinatario por medio de un requerimientopersonal, formal y directo.

Y respecto al dolo se exige la voluntad en el infractor de cumplir la orden o mandato de una forma persistente y reiterada ( sentencias T.S. de 22-6-92 y 5-7-93 , citadas en la sentencia T.S. de 23-1-01 ) lo que trasladado a los declarados hechos probados de la sentencia, basados por otra parte en la abundantísima prueba documental unida, la inmensa mayoría de carácter público y por lo tanto sin posibilidad de contradicción, que la orden directa, clara y dirigida personalmente a los hoy imputados la constituye, como consta en esa...

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