SAP Sevilla 219/2014, 20 de Mayo de 2014

PonenteFRANCISCO JAVIER GONZALEZ FERNANDEZ
ECLIES:APSE:2014:1582
Número de Recurso1518/2014
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución219/2014
Fecha de Resolución20 de Mayo de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 7ª

Audiencia Provincial de Sevilla.

Sección Séptima.

Rollo nº 1518/2014 (Apelación de Proc. abreviado).

AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA .

SECCION SEPTIMA .

SENTENCIA Nº 219/2014.

Rollo de Apelación nº 1518/2014 .

Procedimiento Abreviado nº 292/2012.

Juzgado de lo Penal nº 15 de Sevilla.

Magistrados :

Javier González Fernández, ponente.

Esperanza Jiménez Mantecón.

Carmen Barrero Rodríguez.

En Sevilla, a 20 de mayo de 2014.

Este Tribunal ha visto en apelación la causa referenciada, en la que han sido partes D. Modesto, acusado, como apelante, y el Ministerio Fiscal, como apelado, ha deliberado y ha resuelto como a continuación se expone.

ANTECEDENTES PROCESALES.

Primero

La Ilma. Sra. Magistrada-Juez de lo Penal dictó el día 21 de octubre de 2013 sentencia, cuyo Fallo dice lo siguiente:

"Debo condenar y condeno a Modesto como autor de:

  1. un delito de un delito contra la seguridad vial previsto en el art 379.2 del CP sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena de 18 meses de privación del derecho de conducir vehículos de motor y ciclomotores y 35 días de trabajos en beneficio de la comunidad.

un delito de un delito contra la seguridad vial previsto en el art 384.2 del CP sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 35 días de trabajos en beneficio de la comunidad

un delito de atentado previsto en los arts 550 y 551.1 del CP con la concurrencia de la circunstancia atenuante analógica de embriaguez prevista en el art 21.7 en relación con 21.2 del C.P, a la pena de 1 año de prisión una falta de lesiones prevista en el art 617.1 del C.P, a la pena de 1 mes multa con cuota diaria de 6 # con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas e)

una falta contra el orden público prevista en el art 634 del C.P, a la pena de 1 mes multa con cuota diaria de 6 # con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

Le impongo asimismo el pago de las costas.

Deberá indemnizar al P.N NUM000 en 90 #

Debo absolver y absuelvo a Modesto como autor de un delito de falsedad de documento oficial previsto en el art 392.1 en relación con el art 390.1.2 º y 3º, ambos del CP .

En la ejecución de sentencia, téngase en cuenta el Art. 576 de la L.E.C .".

La sentencia contenía la siguiente declaración de Hechos Probados:

"El acusado es Modesto, mayor de edad, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, de nacionalidad cubana y con residencia legal en España.

El 12.1.12, sobre las 19,15 horas, conducía el vehículo matrícula .... RVJ por el casco urbano de Sevilla

tras haber ingerido con exceso bebidas alcohólicas. Al llegar a la calle Luis de Morales realizó una maniobra inadecuada que motivó la actuación de la policía nacional al percatarse de ello siendo interceptado a la altura del Centro Comercial Nervión Plaza donde le apreciaron sintomatología compatible con el consumo previo de alcohol, ante lo cual le invitaron a acompañarles en el patrullero a dependencias de la policía local para la realización de la oportuna prueba de alcoholemia.

En el traslado, el acusado comenzó a autoagredirse y a golpear el vehículo, ante ello, los agentes pararon el patrullero para calmarle. El acusado en ese momento reacciona agresivamente y lanza al agente NUM000 una patada al abrir la puerta y al inmovilizarle, dada su actitud, le propina al mismo agente un mordisco en el gemelo de la pierna derecha. Por todo ello sufrió el policía lesiones de las que sanó en 3 días no impedido y por las que reclama.

Una vez en dependencias policiales se le practicó prueba de alcoholemia en la que arrojó un resultado de 0,69 y 0,67 mg por litro de aire espirado a las 20,43 y 21,01 horas respectivamente.

En la custodia policial del acusado en la Clínica Fátima, donde fue trasladado para su asistencia, se dirigió a los agentes NUM001 y NUM002 con expresiones como " sin uniformes no sois nada cabrones, os tengo que ver en la calle, os voy a denunciar, conozco a vuestro jefe".

El acusado presentó a los agentes una tarjeta de plástico correspondiente a una licencia internacional de conducir con el nº NUM003 a su nombre que carece de validez oficial, siendo un documento de fantasía.

El acusado era también portador de su permiso de residencia nº...

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