STSJ Comunidad Valenciana 1260/2007, 27 de Marzo de 2007

PonenteMARIA LUISA MEDIAVILLA CRUZ
ECLIES:TSJCV:2007:2118
Número de Recurso2234/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1260/2007
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº 1260/2007

En el Recurso de Suplicación núm. 2234/2006, interpuesto contra la sentencia de fecha 7-03-06, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 3 de Alicante, en los autos núm. 576/05, seguidos sobre recargo de prestaciones, a instancia de SPAIN MARBLE, S.L., asistida por el Letrado D. Antonio Noguera Montejano, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA VALENCIANA LEVANTE y D. Luis Antonio , asistido por la Letrada Dña. Luz Soria González de Chavez, y en los que es recurrente la parte actora, habiendo actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 7-03-06 , dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando la excepción de falta de legitimación pasiva de la Mutua Valenciana Levante y desestimando la demanda rectora de autos promovida por SPAIN MARBLE, S.L, frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA VALENCIANA LEVANTE y Luis Antonio , en materia de RECARGO DE PRESTACIONES, debo absolver y absuelvo libremente a la parte demandada de cuantas pretensiones se deducen en su contra en la referida demanda. ".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- El trabajador demandado Luis Antonio , nacido el 13-5-1973, afiliado a la Seguridad Social con el número NUM000 , sufrió un accidente de trabajo el 19-6-03, cuando prestaba sus servicios como oficial de 2ª para la empresa demandante SPAIN MARBLE, S.L, dedicada a la actividad de fábrica de mármol, que tiene cubiertos lo riesgos profesionales con la Mutua Valenciana Levante".SEGUNDO.- El accidente de trabajo que sufrió el trabajador demandado, en 19-06-03, se produjo en las siguientes circunstancias: Tuvo lugar en la Sección de pulido de losa/plaqueta (SIMEC 1 y SIMEC 2) y concretamente en la zona debiselado de plaqueta que se corresponde con la línea SIMEC 2, instalada por la empresa "Maquinaria Ceres, SA". El equipo siniestrado es un sistema de extracción localizada del polvo generado durante el proceso de biselado, mediante su captación por campanas de aspiración acopladas a las fresas y su posterior separación de la corriente de aire y recogida del polvo por medio de una batería de filtros de mangas. Las campanas de extracción van acopladas a la citada línea de biselado de plaqueta. El material a tratar en la zona de biselado son plaquetas de piedra caliza natural o mármol que viene ya reforzado de otra sección; una vez introducido en el inicio de la línea SIMEC 2 es sometido, en vía húmeda, a un calibrado y pulido inicial de su caravista, secado del mismo con ventiladores soplantes y en horno, aplicando calor por convección. Convenientemente seco se procede al masillado/masticado de esa misma cara aplicando pasta de resina de poliéster, generalmente de tipo Masilla Marfil Medio, más sedante (peróxido de dibenzoilo) y pasando a los hornos de curdo. Catalizada o curada la resina, el material sigue avanzando por la línea, procediéndose al pulido final de su caravista, también en vía húmeda y al corte en las medidas estándar o comerciales (genralmente 305 x 305 x 10mm) en las refiladoras y multidiscos.A la salida de los multidiscos entra en la zona que se produce el siniestro, procediendo al volteado de la plaqueta y biselando en primer lugar las cuatro aristas o cantos de su caravista y, posteriormente, con las fresas o muelas de abrasión de 10 mm de espesor, se realizan las cuatro ranuras de 1mm de profundidad en la cara reforzada, con el objeto de garantizar un mayor agarre de mortero o cemento cola encargado de recibir el material a la obra de fábrica. El accidente se produjo al incendiarse uno de los tubos flexibles plastificados que sirven de enlace entre las campanas de extracción y el colector metálico del polvo extraído, y producirse momentos después la deflagración en la batería del filtro de mangas. TERCERO.- Los trabajadores que resultaron accidentados realizaban las siguientes tareas: D. Rafael y D. Antonio (mecánicos de la empresa demandada "Esmasa Mantenimiento, SL") junto con D. Salvador (mecánico de la empresa actora "Spain Marble,SL") realizaban trabajos de reparación mantenimiento en las cintas transportadoras de la maquina multidisco SIMEC mod: 330 PASS/10 SEC, correspondiente a la línea SIMEC 1, razón por la cual todo el conjunto de equipos de trabajo de la línea SIMEC 1 se encontraban parados. D. Luis Antonio , de la empresa "Spain Marble, SL", masticador de la línea SIMEC 1, al encontrarse la línea parada, realizaba tareas de clasificado de material, ayudando a D. Eloy (testigo del accidente y clasificador en el primer desvío o ramal de material acabado de la línea SIMEC 2. D. Carlos Manuel , de la empresa "Spain Marble, SL", junto con D. Gaspar (testigo del accidente) se encontraban realizando las tareas propias de su puesto de descarga y clasificado del material acabado en el final de la línea de pulido de plaqueta SIMEC 2. D. Eloy y D. Luis Antonio , observaron, desde su puesto de trabajo de clasificado, la existencia de humo negro y llamas en una de las extracciones de la línea de rasurado y biselado SIMEC 2, dando aviso a los clasificadores del final de línea D. Carlos Manuel y

D. Gaspar , y estos a su vez a los mecánicos que se encontraban realizando tareas de mantenimiento en la línea SIMEC 1. D. Eloy cogió el extintor más próximo, ubicado en uno de los pilares cercanos de la nave, y dirigiéndose al lugar donde se produce el fuego, se lo pasa a D. Salvador , quien procede a sofocar el incendio que había alcanzado ya el tuvo flexible plastificado que sirve de enlace entre la campana de extracción y el colector central rígido. D. Eloy acciona el paro de emergencia tipo cable dispuesto sobre la línea de biselado y se retira del lugar, instantes antes de producirse la explosión en la batería del filtro de mangas. D. Gaspar , observó antes de retirarse del lugar, cómo caían gotas envueltas en llamas, procedentes del material de plástico del tubo flexible plastificado antes mencionado y que, aparentemente el fuego parecía extinguido, si bien esta circunstancia no la puede determinar exactamente. CUARTO.- El único tubo flexible para el enlace entre las campanas de extracción y el colector metálico superior, en su práctica totalidad destruido, es el correspondiente a la campana en la que se produjo el incendio. El ventilador instalado en el sistema es del tipo centrífugo de alta presión con turbina radial, de la casa SODECA, modelo CAMT-760-2T-10, con turbina de palas rectas, aislamiento eléctrico Clase F y protección IP-55. La línea de biselado dispone de paro de emergencia, tipo cable, situado a lo largo de la línea de biselado. El sistema de extracción dispone de paro de emergencia tipo seta en su cuadro de mando y maniobra. El accidente fue debido a una explosión de tipo deflagración ocurrida en el interior del equipo industrial sistema de captación de polvo con filtros de mangas. QUINTO.- El accidente se produjo por la ignición de materiales y la posterior explosión de los mismos, ya que el equipo de trabajo, un sistema de extracción del polvo generado en el proceso de biselado de las plaquetas, carecía de un mecanismo que evitara la concurrencia en el tiempo y en el espacio de los factores fundamentales (material combustible, oxígeno y foco de calor) que producen el incendio y la explosión. SEXTO.- La Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Alicante levantó acta de infracción número 03/4214, de fecha 27-11-03, cuya copia obra al expediente administrativo, por reproducida. Asimismo el Gabinete de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Consellería de Economía, Hacienda y Empleo de la Generalitat Valenciana, realizó un Informe de Investigación del Accidente, elaborado por la técnico Dª Remedios , reseñado en el Informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que asimismo obra al expediente advo, por reproducido. SÉTIMO.- La actora tiene...

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