SAP Murcia 140/2005, 1 de Junio de 2005

PonenteJUAN MARTINEZ PEREZ
ECLIES:APMU:2005:1225
Número de Recurso144/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución140/2005
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 140/2.005

Ilmos. Señores:

D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ

Presidente

Dª MARÍA DEL PILAR ALONSO SAURA

D. CAYETANO BLASCO RAMÓN

Magistrados

En la Ciudad de Murcia a 1 de junio de dos mil cinco.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de Cognición que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Cieza, con el núm. 395/99 , entre las partes: Como actora en instancia y oponente al recurso en esta alzada la entidad BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, representada en primera instancia por la Procuradora Sra Verdejo Sanchez y en esta alzada por el Procurador Sr. Albacete Manresa, siendo defendida en ambas instancias por el Letrado Sr. Abadía Pacheco; y como demandados en primera instancia y apelantes en esta alzada D. Jon Y Dª. María Antonieta , en primera instancia, representados por el Procurador Sr. Valor Aznar y defendidos en ambas instancias por el Letrado Sr. Gómez Moreno.

Ha sido Ponente de esta Sentencia, el Ilmo. Sr. Magistrado, D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que el Juzgado de instancia citado, con fecha 19 de noviembre de 2004, dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, SA., debo condenar y condeno a D. Jon y Dª. María Antonieta a abonar a la entidad actora la cantidad de mi ciento veinticuatro euros con sesenta y dos céntimos (1.124,62 €) más los intereses legales hasta su completo pago, así como al abono de las costas procesales."

SEGUNDO

Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de los demandados, siéndosele admitido, presentando escrito de oposición al recurso la parte actora, siendo emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, formándose el presente rollo, designándose Magistrado Ponente por turno, personándose la parte oponente al recurso y señalándose Deliberación y Votación para el día 1 de junio de 2.005.TERCERO.- Que en la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que el primer motivo que se alega en el recurso de apelación, referente a la excepción de falta de legitimación pasiva "ad causam" de los recurrentes, debe desestimarse, ya que la demanda se basa en la reclamación del saldo deudor que arroja la cuenta de ahorro nº 209 407544, de la que...

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