SAP Albacete 226/2014, 17 de Junio de 2014

PonenteMANUEL MATEOS RODRIGUEZ
ECLIES:APAB:2014:692
Número de Recurso27/2013
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución226/2014
Fecha de Resolución17 de Junio de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DEALBACETE

Sección Primera

Rollo: Procedimiento Abreviado nº 27/2013

Órgano Procedencia: Juzgado de Instrucción nº 2 de Albacete

Procedimiento Origen: Procedimiento Abreviado nº 249/2012

SENTENCIA Nº 226/14

EN NOMBRE DE S.M. E. REY

ILMOS. SRES.:

Presidente:

D. CESAR MOSALVE ARGANDOÑA

Magistrados:

D. JOSE GARCIA BLEDA

D. MANUEL MATEOS RODRIGUEZ

En Albacete, a diecisiete de junio de dos mil catorce.

VISTA ante la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, la causa instruida con el número de Procedimiento Abreviado 249/2012, procedente del Juzgado de Instrucción nº 2 de Albacete, y seguida por el trámite del Procedimiento Abreviado por delito de APROPIACIÓN INDEBIDA, contra Santiago, con DNI n° NUM000, nacido en Chinchilla de Montearagón (Albacete) el día NUM001 /1948, hijo de Jesús María y de Diana, con domicilio en PLAZA000 n° NUM002 - NUM003 de Albacete, detenido el 01/12/2009 y en libertad el 02/12/2009, representado por el Procurador D. Martín Jiménez Belmonte y defendido por el letrado D. Luis Delgado Rubio, siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal, representado por el Ilmo. Sr. D. Gil Navarro Ródenas, y ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL MATEOS RODRIGUEZ

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 26 de septiembre de 2012, el Juez de Instrucción acordó transformar en Procedimiento Abreviado las Diligencias Previas practicadas hasta entonces para determinar la naturaleza de los hechos denunciados, las personas que en los mismos pudieran haber tenido participación y el procedimiento aplicable, decidiendo pasar las actuaciones al Ministerio Fiscal y a la acusación particular entonces personada a fin de que solicitaran la apertura del juicio oral o el sobreseimiento de las actuaciones. Por auto de 9 de abril de 2013 se acordó la apertura del juicio oral contra el acusado, señalándose, tras los trámites oportunos, la celebración del juicio oral para el día 10 de junio de 2014.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal, antes de dar inicio a las sesiones, con la conformidad del acusado y de su letrado defensor, al amparo de lo establecido en el artículo 784.3 párrafo 2º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, presentó modificación del escrito de acusación, en el que, manteniendo la calificación de los hechos como constitutivos de un delito continuado de apropiación indebida del artículo 252, 250.6 ° y 74 del Código Penal, añadió la concurrencia de la atenuante muy cualificada de reparación del daño del artículo 21.5° del Código Penal, e interesó la imposición al acusado de la pena de 1 año y 9 meses de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo y multa de 6 meses con una cuota diaria de 6 euros con 90 días de responsabilidad subsidiaria en caso de impago, así como el pago de las costas.

HECHOS PROBADOS

Aproximadamente desde el año 1997, el acusado Santiago,...

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