STSJ Castilla-La Mancha 112/2014, 28 de Abril de 2014
Ponente | MANUEL JOSE DOMINGO ZABALLOS |
ECLI | ES:TSJCLM:2014:1356 |
Número de Recurso | 252/2012 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 112/2014 |
Fecha de Resolución | 28 de Abril de 2014 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.1
ALBACETE
SENTENCIA: 00112/2014
Recurso de Apelación nº 252/12
Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 2 de Ciudad Real SALA DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 1ª
Iltmos. Sres.:
Presidente:
D. José Borrego López Magistrados:
D. Mariano Montero Martínez
D. Manuel José Domingo Zaballos
D. Antonio Rodríguez González D. José Antonio Fernández Buendía
S E N T E N C I A Nº 112
En Albacete, a 28 de abril de 2014.
Vistos por la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, el recurso de apelación interpuesto por D. Juan Pedro, representado por el Procurador Sr. Ruiz- Morote Aragón, contra Auto nº 140, de fecha 26 de septiembre de 2011, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Ciudad Real, en el procedimiento PSS (P.O.470/11), y como parte apelada la Subdelegación de Gobierno en Castilla-La Mancha, representado por sus servicios jurídicos. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Manuel José Domingo Zaballos.
Dicho Juzgado dictó Auto con el siguiente acuerdo: " Que debo acordar y acuerdo no otorgar la medida cautelar, solicitada por la representación procesal de D. Juan Pedro, de suspensión de la ejecución de la resolución de tres de febrero de 2011 de la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real, que acuerda su expulsión de España. No se efectúa pronunciamiento en costas."
Notificada la resolución a las partes interesadas, la parte demandante interpuso recurso de apelación dentro de plazo. Admitido a trámite por el Juzgado, se dio traslado a la parte demandada para que hiciese alegaciones, trámite que cumplimentó en legal forma.
Elevados los autos y el expediente administrativo, en unión de los escritos presentados, se formó el correspondiente rollo de apelación. No habiéndose solicitado por las partes personadas la celebración de vista, ni considerándose necesaria la misma por este Tribunal, se señaló para votación y fallo el día 24 de abril de 2014, en que tuvo lugar.
Tiene por objeto el recurso Auto nº 140/2011 de 26 de septiembre, dictado por el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 2 de Ciudad Real, denegando medida cautelar instada en el curso del procedimiento incoado tras la interposición de recurso contencioso-Administrativo por el...
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