SAP Valladolid 133/2014, 24 de Abril de 2014

PonenteFELICIANO TREBOLLE FERNANDEZ
ECLIES:APVA:2014:471
Número de Recurso331/2014
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución133/2014
Fecha de Resolución24 de Abril de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

VALLADOLID

SENTENCIA: 00133/2014

C/ ANGUSTIAS S/N

Teléfono: 983 413475

213100

N.I.G.: 47186 43 2 2010 0138548

APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000331 /2014

Delito/falta: LESIONES

Denunciante/querellante: Carlota

Procurador/a: D/Dª MARIA DEL CARMEN MARTINEZ BRAGADO

Abogado/a: D/Dª DAVID CUELLAR FLORES

Contra: MINISTERIO FISCAL

SENTENCIA nº 133/2014

==========================================================

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

D. Feliciano Trebolle Fernández

D. Fernando Pizarro García

D. Miguel Ángel de la Torre Aparicio

==========================================================

En VALLADOLID, a veinticuatro de abril de dos mil catorce.

La Audiencia Provincial, Sección 2ª, de esta capital ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal, dimanante del Juzgado de lo PENAL nº 1 de VALLADOLID, siendo partes, como apelante, Carlota, representada por la Procuradora Mª del Carmen Martínez Bragado y defendida por el Letrado David Cuellar Flores y, como apelado, el MINISTERIO FISCAL; habiendo sido Ponente el Ilmo. Magistrado D. Feliciano Trebolle Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el procedimiento de referencia se dictó Sentencia con fecha 20/12/2013, declarando probados los siguientes hechos: " ÚNICO. - Resulta probado y así se declara que sobre las 00,30 horas del día 27 de junio de 2010, Genaro y Julieta caminaban por la calle Labradores de esta ciudad de Valladolid cuando se cruzaron con la acusada Carlota y su pareja. Que como quiera que ambos discutían, Genaro y Julieta se quedaron mirando. Que la acusada al percatarse de ello les dijo "qué miráis" y acto seguido rompió una botella que llevaba en la mano y golpeó con ella a Genaro en la cara, a consecuencia de lo cual sufrió lesión consistente en herida inciso contusa en el ángulo mandibular izquierdo, que precisó además de primera asistencia tratamiento consistente en sutura por planos con necesidad a las horas de volver a abrir la herida, drenar hematoma y hacer hemostasia y volver a cerrar por planos, que tardó en curar 11 días, todos ellos impeditivos de ocupaciones habituales, quedándole como secuela dolor en ángulo mandibular izquierdo."

La expresada Sentencia, en su parte dispositiva, dice así:

Que debo condenar y condeno a Carlota como autora responsable criminalmente de un delito de lesiones, con la concurrencia de la atenuante de dilaciones indebidas, a la pena de DOS AÑOS Y DOS MESES DE PRISIÓN, y accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y que indemnice a Genaro en la cantidad 1.803 euros por las lesiones y secuela, con el interés del art. 576 de la LEC, con imposición a la misma del pago de la mitad de las costas procesales.

Que debo absolver y absuelvo a Carlota de la falta de maltrato de que se le venía acusando en este procedimiento, declarando de oficio las restantes costas procesales (1/2).

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal de la hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Por el Órgano Judicial sentenciador se remitieron a este Tribunal los autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR