SAP Madrid 308/2008, 24 de Junio de 2008

PonenteROSA MARIA QUINTANA SAN MARTIN
ECLIES:APM:2008:13814
Número de Recurso198/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución308/2008
Fecha de Resolución24 de Junio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN DECIMOQUINTA

J. Oral 253/2005

Rollo P-198/2008

Jdo. Penal 2 GETAFE

S E N T E N C I A Nº 308

Magistrados:

Alberto JORGE BARREIRO

Rosa Mª Quintana SAN MARTÍN (ponente)

Alberto MOLINARI LÓPEZ RECUERO

En Madrid, a 24 de junio de 2008

Este Tribunal ha deliberado sobre el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la sentencia dictada por el Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 2 de Getafe, el 14-I-2008, en la causa arriba referenciada.

ANTECEDENTES PROCESALES

  1. El relato de hechos probados de la sentencia apelada dice así: "El Ministerio Fiscal formuló la siguiente acusación: El acusado Jose Miguel, mayor de edad y ejecutoriamente condenado por un delito contra la seguridad del tráfico en sentencia de fecha 7 de enero de 2004 a una pena de multa y a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de un año y un día, sobre las 16:30 horas del día 6 de noviembre de 2004, encontrándose afectado por la previa ingesta de una excesiva cantidad de bebidas alcohólicas, se hallaba somnoliento, sentado al volante del vehículo Ford Mondeo, matrícula.... HMF, en el aparcamiento de vehículos de una gasolinera situada en la calle Río Bembézar, en un polígono industrial de esta localidad de Getafe y golpeó en su parte trasera a la furgoneta Mercedes Vito.... TRS, propiedad de Eusebio, que se hallaba estacionada también en la gasolinera, siguiendo su marcha unos veinte metros, hasta detener su vehículo nuevamente dentro del mismo aparcamiento y quedarse dormido sobre el volante.

    Practicadas las pruebas de determinación alcohólica, el acusado arrojó resultados positivos de 0,87 y de 0,85 miligramos por litro de alcohol en aire espirado, siendo las 17:02 y las 17:14 horas, respectivamente, renunciando a su contraste con analítica.

    En el momento de los hechos arriba relatados, el acusado conducía el vehículo teniendo retirado su permiso de conducir en virtud de sentencia de fecha 7 de enero de 2004 del Juzgado de lo Penal nº 1 de Getafe, en el juicio oral nº 140/03, que le condenó a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de un año y un día, pena que comenzó a cumplirse el día 9 de enero de 2004.

    Los daños causados en el vehículo Mercedes.... TRS han sido indemnizados a su propietario por la compañía que asegura el vehículo del acusado.

    No ha resultado expresamente probado de qué forma llegó el acusado al aparcamiento de la gasolinera de la calle Río Bembézar."

    La resolución impugnada contiene el siguiente fallo: "Que debo absolver y absuelvo al acusado Jose Miguel como autor de un delito contra la seguridad del tráfico del artículo 379 del Código Penal y de un delito de quebrantamiento de condena del artículo 468, inciso último, del Código Penal, declarando de oficio las costas procesales causadas."

  2. La parte apelante interesó que se revocara la sentencia apelada y se dictara otra condenando a Jose Miguel como autor de un delito contra la seguridad del tráfico y un delito de quebrantamiento de condena.

  3. La representación procesal de Jose Miguel interesó la confirmación de la resolución recurrida.

    Se aceptan los que constan relatados en la sentencia apelada.

    MOTIVACIÓN

PRIMERO

El Ministerio Fiscal interesa la revocación de la sentencia y la condena de Jose Miguel como autor de un delito contra la seguridad del tráfico y un delito de quebrantamiento de condena. Entiende que el lugar en el que el acusado condujo el vehículo Ford Mondeo con.... HMF -el aparcamiento para vehículos de la gasolinera situada en la calle Río Bembézar, en un polígono industrial de la localidad de Getafe- es una vía pública y que la maniobra efectuada por el acusado integra la acción penada en el tipo "conducir".

En efecto, estas son las cuestiones controvertidas en la presente causa en tanto el estado de intoxicación etílica en el que se hallaba el acusado ha resultado acreditado y detallado en los hechos probados de la sentencia de instancia, que damos por reproducidos, y debemos decir que, de una forma tan incontrovertida, que la propia defensa dice que tal era su estado de intoxicación que se podría decir que estaba en "un estado casi letárgico" y llega a solicitar, para el caso de que en esta segunda instancia se apreciara responsabilidad penal en su conducta, la eximente completa de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas prevista en el artículo 20.2 del Código Penal.

SEGUNDO

En lo que al concepto de vía pública se refiere, el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, modificado por el Real Decreto 965/2006, de...

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