STSJ Cataluña 4980/2006, 30 de Junio de 2006

PonenteEMILIO DE COSSIO BLANCO
ECLIES:TSJCAT:2006:8123
Número de Recurso512/2004
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución4980/2006
Fecha de Resolución30 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 4980/2006

En el recurso de suplicación interpuesto por Servicio Público de Empleo Estatal (INEM) frente a la Sentencia del Juzgado Social 19 Barcelona de fecha 17-6-2005 dictada en el procedimiento Demandas nº 512/2004 y siendo recurrido/a Jose Manuel y Oficina de Treball de la Generalitat de Catalunya. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. EMILIO DE COSSIO BLANCO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 15-7-2004 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Desempleo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 17-6-2005 que contenía el siguiente Fallo:

"ESTIMO EN PARTE la demanda interpuesta por D. Jose Manuel contra el SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL en reclamación por SUBSIDIO POR EXCARCELACION y reconozca su derecho a percibir el subsidio correspondiente , por el período 29 de abril a 2 de julio de 2004 las prestaciones por subsidio de excarcelación solicitada, condenando al Servicio Público de Empleo Estatal a su abono".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:"

PRIMERO

D. Jose Manuel , natural de Marruecos, nacido el 1-01-1968, lleva residiendo catorce años en españa sin poseer permiso de residencia y trabajo. El día 8 de agosto de 1998 fue detenido por venta de estupefacientes y condenado por Sentencia de 27 de abril de 1999 a tres años de prisión y multa de 30.000 pesetas (folios 25-26).

SEGUNDO

Ha cumplido condena de prisión durante más de tres años, del 16-04-2001 al 28-04-2004 en que fue excarcelado (folio 10-13). El fecha 28 de abril de 2004 le fue emitido certificado de estancia en la presión para solicitar el subsidio de desempleo (folio 11).

TERCERO

Durante su estancia en prisión prestó servicios para el Centre de Iniciatives para la Reinserción, causando alta en la seguridad social por el período 8 de febrero a 17 de mayo de 2002.

CUARTO

En fecha 6-04-2004 se le inscribió en la OTG de Martorell, indicándose que en el plazo de un mes podía tramitar en subsidio (folio 75). El 13 de mayo de 2004 formuló reclamación previa frente a la "denegación verbal" del subsidio de excarcelación que le fue comunicada en la Oficina de Treball de Martrorell (folios 27 -28). El SPEE remitió al actor una carta, fechada el 1 de julio de 2004, en la que se le indicaba que debia solicitar ante la OTG de Martorell el subsidio por desempleo, aportando la documentación necesaria para poder tramitar la solicitud (folio 67), lo que cumplimentó por escrito de 3 de enero de 2005 (folio 70).

QUINTO

Por resolución de 15 de mayo de 2004 le fue denegada su solicitud de alta inicial en el subsidio por desempleo por se trabajador extranjero y no poseer residencia en España (folio 65).

SEXTO

El actor había estado anteriormente inscrito en la OTG en fecha 12-08-203. Ha intentado durante su estancia en España la tramitación del permiso de residencia y trabajo sin haber conseguido su reconocimiento (folios 14 a 21).

SÉPTIMO

Reclamación el actor el subsidio de excarcelación por el período 29 de abril de 2004 a 2 de julio de 2004 por importe de 345,37 euros mensuales, mas el 10% por mora y condena en constas por temeridad al Servicio Público de Empleo Estatal.

OCTAVO

El actor figura en alta en el Régimen General de la Seguridad Social por su prestación de servicios por el período 8-02-2002 al Centre de Iniciatives para la Reinserción y del 2-07-2004 al 31-08-2004 y desde el 2-09-2004 para Construccions Sucesors de A. Vives S.L. (folios 55-56-81)".

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia estimó la demanda del actor, súbdito marroquí, en la que solicitaba se declarase su derecho a percibir subsidio de desempleo como consecuencia de su excarcelación, después de cumplir condena en Establecimiento Penitenciario en España y se condena al Servicio Público de Empleo Estatal (INEM) al abono del mismo, referido al período 29 de abril a 2 de julio de 2004, por importe de 345'37 euros mensuales.

Frente a ella se alza el recurso de suplicación interpuesto por el Organismo Público demandado, con amparo en lo previsto en el art. 191 c) del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral , aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995 de 7 de abril , formulando la censura jurídica de la misma, a la que atribuye infracción de normas sustantivas, por aplicación indebida con los arts. 215.1.1 d),219,.1 y 219.1b) segundo parrafo del Texto Refundido de la Ley...

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