STSJ Canarias 376/2013, 23 de Septiembre de 2013

PonenteJAIME BORRAS MOYA
ECLIES:TSJICAN:2013:3865
Número de Recurso18/2012
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución376/2013
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2013
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA

Ilmos. Sres.

Presidente: Don César García Otero.

Magistrados: Don Jaime Borrás Moya.

Doña Inmaculada Rodríguez Falcón.

En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a veintitrés de septiembre de 2.013.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas, el presente recurso nº.18/012, en el que son partes, como recurrente, la mercantil Vivatell S.L., representada por la Procuradora Sra. Suárez de Tangil, y como demandada, el Tribunal Económico Administrativo Regional de Canarias, representado por el Abogado del Estado, versando la misma sobre impugnación de resolución desestimatoria de reclamación contra providencias de apremio, y siendo su cuantía

57.433,99 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Canarias de fecha 31 de octubre de 2.011 se desestimó la reclamación interpuesta por la mercantil Vivatell S.L. contra providencias de apremio derivadas de liquidaciones giradas a la recurrente por concepto de tasas portuarias.

SEGUNDO

Frente a tal resolución se interpuso recurso contencioso administrativo por la Procuradora Sra. Suárez de Tangil en representación de la mercantil Vivatell S.L., formulándose en el momento correspondiente la demanda interesando la anulación del acto administrativo impugnado y de las liquidaciones de que el mismo trae causa.

TERCERO

Por su parte, la Administración demandada se opuso al recurso interesando su desestimación.

CUARTO

Finalizado el periodo probatorio se dio traslado a las partes para conclusiones, tras lo cual se trajeron los autos a la vista con citación de partes para sentencia, con señalamiento del día trece de septiembre del presente año para votación y fallo, habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Jaime Borrás Moya, que expresa el parecer unánime de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La cuestión a discernir en el presente procedimiento consiste en determinar si la resolución del TEAR de Canarias antes indicada en relación con la pretensión de la recurrente asimismo reseñada es o no ajustada a derecho, alegando la actora que las liquidaciones de las que derivan las providencias de apremio impugnadas no fueron notificadas ya que no existe en el expediente prueba alguna de que se intentase notificar en el domicilio fiscal de la recurrente ni las liquidaciones principales ni las ejecutivas, no existiendo tampoco prueba alguna de que la actora se negase a recoger tales notificaciones, alegando igualmente improcedencia de las liquidaciones litigiosas ya que la Autoridad Portuaria procedió sin más a la emisión de una factura pasando directamente de la comprobación de un hecho a la emisión de...

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