STSJ Comunidad Valenciana 2810/2013, 17 de Diciembre de 2013

PonenteINMACULADA CONCEPCION LINARES BOSCH
ECLIES:TSJCV:2013:6796
Número de Recurso2454/2013
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2810/2013
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2013
EmisorSala de lo Social

1 Recurso Suplicación 2454/2013

RECURSO SUPLICACION - 002454/2013

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Mercedes Boronat Tormo

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Inmaculada Linares Bosch

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Mª Carmen López Carbonell

En Valencia, a diecisiete de diciembre de dos mil trece.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 2810/2013

En el RECURSO SUPLICACION - 002454/2013, interpuesto contra el Auto de fecha 18 de junio de 2013, dictado por el JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 6 DE ALICANTE, en el Ejecución de Título Judicial en Despidos (No Readmisión) - 000026/2013, seguido sobre EJECUCION DEL ACTO DE CONCILIACIÓN

, a instancia Juan Ramón asistido por el letrado D. Vicente Moises Candela Sabater y representado por la procuradora Dª- Susana Alabau Calabuig, contra NEUMATICOS SOLEDAD SL asistida por el letrado D. Rafael Pumar Rudilla y representado por la procuradora Dª. Maria Angles Esteban Alvarez, y en los que es recurrente Juan Ramón, habiendo actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª. Inmaculada Linares Bosch.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 3-9-2012 las partes llegaron al siguiente Acuerdo de conciliación ante el SMAC: "......Abierto el acto, ambas partes reconocen la improcedencia del despido con efectos del día 31 de agosto

de 2012, y dada la no readmisión del solicitante, fijan en concepto de indemnización por despido, la cantidad neta de 15.000,00-Euros, que se abonará en el día de mañana en el domicilio de la empresa...."

SEGUNDO

1. En fecha 31-10-12 Juan Ramón, presentó escrito solicitando la ejecución del acta de conciliación celebrada ante el SMAC el día 3-9-12, frente a NEUMATICOS SOLEDAD SL, alegando la falta de pago de la cantidad pactada como indemnización por despido, que se contenía en el referido acuerdo, por un importe de 15.000#.

  1. Con fecha 24-1-13 se dictó Auto por el Juzgado acordando despachar ejecución del acta de conciliación

  2. Contra ese auto se interpuso recurso de reposición, y tras celebrar comparecencia, fue estimado por auto de 18-6-13, dejando sin efecto lo acordado en el auto de 24-1-13.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

1. Como se desprende de los antecedentes de hecho de esta resolución, se interpone el presente recurso de suplicación contra el auto de 18-6-13 dictado por el Juzgado de lo Social nº. 6 de Alicante, que estimando el recurso de reposición interpuesto contra el auto de 24-1-13 que acordó despachar la solicitud de ejecución de acuerdo de conciliación ante el SMAC presentada por Juan Ramón, por entender que ha quedado acreditado el pago en metálico de la cantidad acordada en conciliación. 2. El recurso se articula en dos motivos, el primero redactado al amparo de la letra b) del art. 193 de la LRJS, interesando, en primer lugar, la revisión del hecho quinto del Auto, en base al documento 5 de la demandada, a fin de que se le adicione el siguiente texto, "No consta en el documento nº5 aportado por la empresa, de quien recibe el dinero el trabajador, pues no figura en dicho documento ni sello de la mercantil ejecutada, así como tampoco firma de persona distinta a la del trabajador ejecutante".

La revisión no se admite, pues pretende...

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