STSJ Cantabria 71/2014, 28 de Febrero de 2014

PonenteMARIA ESTHER CASTANEDO GARCIA
ECLIES:TSJCANT:2014:35
Número de Recurso369/2012
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución71/2014
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A nº 000071/2014

Ilmo. Sr. Presidente

Don Rafael Losada Armada

Iltmas. Sras. Magistradas

Doña Clara Penin Alegre

Doña Esther Castanedo Garcia

------------------------------------ En la ciudad de Santander, a veintiocho de febrero de dos mil catorce.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el Procedimiento contencioso- administrativo número 369/2012, interpuesto por VENDING ARÁBIGA, S.L., representada por la Procuradora Sra. Campuzano Pérez del Molino y asistida por la Letrada Sra. Gutiérrez Hernández contra el GOBIERNO DE CANTABRIA, representado y defendido por el Letrado de sus Servicios Jurídicos, siendo parte codemandada AB SERVICIOS SELECTA ESPAÑA,S.L.U, representado por el Procurador Sr. Llanos Benavent y asistida por el Letrado Sr. Martínez.

La resolución inicialmente impugnada es la de fecha 30 de mayo de 2012, por la que la Consejera de sanidad y Servicios Sociales del Gobierno de Cantabria acuerda estimar parcialmente el recurso de alzada interpuesto por AB SERVICIOS SELECTA ESPAÑA, S.L.U, contra la Resolución dictada por la Dirección de la gerencia del Servicio Cántabro e salud de 8 de febrero de 2012 por la que se concede la autorización demanial para la instalación de máquinas expendedoras en el Hospital Marqués de Valdecilla, ordenando la retroacción del procedimiento al momento de valoración de las ofertas presentadas.

Posteriormente el recurso se amplió a la resolución desestimatoria presunta del recurso de alzada interpuesto por Vending Arabiga contra la Resolución del Director Gerente del Servicio Cántabro de Salud, de fecha 25 de junio de 2012, por la que se acordó conceder a Selecta la autorización que anteriormente había sido otorgada a Vending Arábiga.

La cuantía del recurso quedó fijada en 474.484,00 euros.

Es ponente a la Iltma. Sra. Doña Esther Castanedo Garcia, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 27 de julio de 2012. La resolución inicialmente impugnada es la de fecha 30 de mayo de 2012, por la que la Consejera de sanidad y Servicios Sociales del Gobierno de Cantabria acuerda estimar parcialmente el recurso de alzada interpuesto por AB SERVICIOS SELECTA ESPAÑA, S.L.U, contra la Resolución dictada por la Dirección de la gerencia del Servicio Cántabro e salud de 8 de febrero de 2012 por la que se concede la autorización demanial para la instalación de máquinas expendedoras en el Hospital Marqués de Valdecilla, ordenando la retroacción del procedimiento al momento de valoración de las ofertas presentadas. Posteriormente, el recurso se amplió a la resolución desestimatoria presunta del recurso de alzada interpuesto por Vending Arabiga contra la Resolución del Director Gerente del Servicio Cántabro de Salud, de fecha 25 de junio de 2012, por la que se acordó conceder a Selecta la autorización que anteriormente había sido otorgada a Vending Arábiga.

SEGUNDO

La parte actora interesó de la Sala que se dicte sentencia por la que se declaren las resoluciones recurridas no conformes a derecho, anulándolas y dejándolas sin efecto.

TERCERO

La parte demandada solicita la desestimación de la demanda, y lo mismo la codemandada.

CUARTO

Tras la práctica de la prueba admitida, la documental, se dio traslado a las partes para conclusiones y se declararon los autos vistos para sentencia, posteriormente se produjo la deliberación de la sala, en los términos que esta sentencia recoge.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los hechos de los que trae causa la demanda son:

  1. - El 18 de julio de 2011 la Consejería de economía y Hacienda el Gobierno de Cantabria aprobó el Pliego de Condiciones Particulares para la concesión de la autorización demanial para la instalación de máquinas expendedoras en el Hospital Marqués de Valdecilla, resultando la oferta de Vending la más ventajosa y adjudicándosela la concesión a la misma en fecha 8 de febrero de 2012.

  2. - El 15 de febrero de 2012, Selecta (la segunda oferta más puntuada) presentó una carta dirigida a la Directora de gestión del Hospital, que fue calificada por esta como recurso de alzada, que se resolvió expresamente el 30 de mayo de 2012, estimando las pretensiones de la recurrente y retrotrayendo el procedimiento administrativo para que la mesa de contratación volviera a puntuar y valorar las ofertas - este es el primer acto impugnado-.

  3. - El día 25 de junio de 2012 se dictó una nueva resolución por la que tras la nueva valoración realizada la adjudicataria de la concesión era Selecta.

  4. - Vending recurrió en vía administrativa la nueva adjudicación, recurso que...

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