SAP Madrid 78/2014, 3 de Marzo de 2014
Ponente | JOSE LUIS ZARCO OLIVO |
ECLI | ES:APM:2014:3095 |
Número de Recurso | 13/2013 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 78/2014 |
Fecha de Resolución | 3 de Marzo de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª |
Audiencia Provincial Civil de Madrid
Sección Decimotercera
C/ Ferraz, 41 - 28008
Tfno.: 914933911
37007740
N.I.G.: 28.079.00.2-2013/0000178
Recurso de Apelación 13/2013
O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 40 de Madrid
Autos de Procedimiento Ordinario 310/2010
APELANTE: CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD
PROCURADOR D./Dña. EVENCIO CONDE DE GREGORIO
APELADO: D./Dña. Adriana
PROCURADOR D./Dña. ROCIO BLANCO MARTINEZ
D./Dña. Genoveva
D./Dña. Juan Pedro
D./Dña. Cipriano
SENTENCIA Nº 78/2014
TRIBUNAL QUE LO DICTA :
ILMO SR. PRESIDENTE :
D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO
ILMOS SRES. MAGISTRADOS:
D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS
D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO
En Madrid, a tres de marzo de dos mil catorce.
La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario sobre Reclamación de Cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 40 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante Caja España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad, representado por el Procurador D. Evencio Conde de Gregorio y asistido del Letrado D. Ramiro SánchezIzquierdo, y de otra, como demandados-apelados Dª Adriana, representada por la Procuradora Dª. Rocío Blanco Martínez y asistido del Letrado D. Juan Fernández Garde, y como demandados-apelados sin representación procesal D. Juan Pedro, D. Cipriano y Dª Genoveva, y siendo Magistrado-Ponente el ILMO. SR. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 40, de Madrid, en fecha 17 de enero de 2011, se
dictó Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Fallo: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Caja España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad, representada en juicio por el Procurador de los Tribunales Don Evencio Conde de Gregorio, contra Don Juan Pedro, Don Cipriano y Doña Genoveva, debo condenar y condeno solidariamente a dichos demandados a pagar a la entidad actora la cantidad de 125-399,26 euros, más los intereses moratorios al tipo pactado que se devenguen desde el día 21 de mayo de 2.008 hasta su total pago, con expresa imposición a dichos demandados de las costas causadas.
Que desestimando la demanda interpuesta por Caja España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad, representada en juicio por el Procurador de los Tribunales Don Evencio Conde de Gregorio, contra Doña Adriana, representada en juicio por el Procurador de los Tribunales Don Alfonso Blanco Fernández, debo absolver y absuelvo a dicha demandada de cuantas pretensiones formuladas en contra en su suplico, con expresa imposición a dicha entidad actora de las costas causadas".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección en fecha diez de enero de 2013, para resolver el recurso.
Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día veintiséis de febrero de dos mil catorce .
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.
Se admiten los contenidos en la resolución impugnada en cuanto no se opongan a los que
siguen.
Por...
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SAP Madrid 233/2015, 24 de Julio de 2015
...por lo que tampoco hizo comprobación alguna en este sentido. Por último y para concluir nos referiremos a la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, de 3 de marzo de 2014, dictada por su Sección 13 ª, que confirma la sentencia dictada por el Juzgado de la Instancia Nº 40 de FALTA CR......