SAP Madrid 16/2014, 24 de Enero de 2014

PonenteALEJANDRO MARIA BENITO LOPEZ
ECLIES:APM:2014:739
Número de Recurso378/2013
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución16/2014
Fecha de Resolución24 de Enero de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MADRID

SENTENCIA: 00016/2014

Juicio de faltas nº 111/2013

Juzgado de Instrucción nº 4 de Fuenlabrada

Rollo de Sala nº 378/2013

ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado en el nombre de SU MAJESTAD EL REY la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 16/2014

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID)

SECCIÓN PRIMERA )

Magistrado )

D. ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ )

En Madrid, a veinticuatro de enero de dos mil catorce.

Visto en segunda instancia por el Ilmo. Sr. Magistrado al margen señalado, actuando como Tribunal unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el recurso de apelación contra la sentencia de 1 de octubre de 2013 dictada por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Fuenlabrada en el juicio de faltas nº 111/2013; habiendo sido partes, de un lado como apelante don Laureano, y de otro como apelados el Fiscal y doña Tatiana .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción en el procedimiento citado dictó sentencia cuyo relato de hechos

probados y parte dispositiva dicen:

HECHOS

PROBADOS: "ÚNICO.- Sobre las 12:15 horas del día 4 de febrero de los corrientes Laureano se encontraba en las inmediaciones del portal de su domicilio cuando ha visto a Tatiana, con quien tiene frecuentes discusiones de vecindad y por el cargo Comunidad de ésta en la Comunidad derivadas del pago de los recibos de comunidad y, molesto por todo este tipo desavenencias, se ha dirigido a aquélla increpándola, diciéndola que no hablara de ellos en las reuniones para, sin poder contenerse, propinar la un empujón que le causó un dolor costal y agarrarle el brazo. A consecuencia de los hechos Tatiana sufrió un dolor costal del que curó en 30 días impeditivos y un esguince de muñeca, ya muy afectada por una patología previa."

FALLO:

"Que debo condenar y condeno a Laureano como autor de la falta de lesiones previsto y penado en el artículo 617.1 del Código Penal, a la pena de un mes de multa con cuota diaria de 2 euros, que deberá satisfacer de una sola vez en el plazo de veinte días siguientes a la firmeza de esta sentencia, con responsabilidad personal subsidiaria, para el caso impago o insolvencia, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago de las costas procesales.

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