SAP Madrid 601/2013, 2 de Septiembre de 2013

PonenteCARLOS FRANCISCO FRAILE COLOMA
ECLIES:APM:2013:14468
Número de Recurso296/2013
ProcedimientoAPELACIÓN
Número de Resolución601/2013
Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN DECIMOQUINTA

MADRID

RP: 296/13

PA: 534/09

Juzgado de lo Penal n.º 1 de Madrid

SENTENCIA N.º 601/13

MAGISTRADOS/AS:

CARLOS FRAILE COLOMA (ponente)

ANA REVUELTA IGLESIAS

MARÍA DEL SAGRARIO HERRERO ENGUITA

En Madrid, a 2 de septiembre de 2013.

Visto en segunda instancia ante la Sección Decimoquinta de esta Audiencia Provincial el Procedimiento Abreviado n.º 534/09, procedente del Juzgado de lo Penal n.º 1 de Madrid, seguido por delito de daños, contra Edemiro, venido a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto en tiempo y forma, en nombre y representación del antes citado, por la Procuradora de los Tribunales D.ª Raquel Sánchez Marín, contra la sentencia de fecha 15 de abril de 2013 . Han sido partes en la sustanciación del recurso la mencionada apelante y, como apelado, el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal n.º 1 de Madrid, con fecha 15 de abril de 2013, se dictó sentencia cuyos "HECHOS PROBADOS" dicen:

"Probado y así se declara expresamente que el acusado Edemiro, (mayor de edad, sin antecedentes penales), tenía arrendada la vivienda sita en la C/ DIRECCION000 nº NUM000, NUM001 NUM002, de esta ciudad de Madrid, a sus propietarios, uno de los cuales es D. Landelino . En el Juzgado de Primera Instancia nº 73 de Madrid se presentó por el Sr. Landelino demanda de juicio verbal de desahucio por falta de pago, que se siguió con el nº 49/2004, solicitándose por el mismo la ejecución de la sentencia y el lanzamiento del acusado.

Dicho lanzamiento se llevó a cabo el día 27 de julio de 2005, dejando el acusado serios desperfectos causados por él, abundante basura por todas partes, puertas destrozadas, todo el mobiliario roto y destrozado, radiadores arrancados, ventanas y persianas rotas y destrozos en el acceso a la cocina y la terraza. Daños que han sido tasados parcialmente en 36.910 euros, restando algunos de ellos por cuantificar.

La causa ha estado paralizada en el mes de septiembre de 2009 y el mes de marzo de 2012".

Y cuyo "FALLO" dice: "Que debo CONDENAR Y CONDENO a Edemiro, en quien concurre la circunstancia ATENUANTE MUY CUALIFICADA por dilaciones indebidas, como autor de un DELITO DE DAÑOS, a la pena de MULTA DE CUATRO MESES, a razón de una cuota diaria de DOS EUROS, quedando sujeto en caso de impago a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, debiendo indemnizar a los copropietarios en la fecha de autos en la cantidad de TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS DIEZ EUROS (36.910 EUROS), así como al pago de las costas del proceso, si las hubiere".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes personadas, por la Procuradora de los Tribunales

D.ª Raquel...

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