SAP Madrid 263/2013, 17 de Junio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución263/2013
Fecha17 Junio 2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18

MADRID

SENTENCIA: 00263/2013

Rollo: RECURSO DE APELACION 217 /2013

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 602 /2011

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 5 de TORREJON DE ARDOZ

PONENTE: ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ

APELANTE: Graciela

PROCURADOR: AMALIA JOSEFA DELGADO CID

APELADO: Juan Manuel

PROCURADOR: MARIA FRANCISCA URIARTE TEJADA

En MADRID, a diecisiete de junio de dos mil trece.

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ

ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO

ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Torrejón de Ardoz, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante Dª Graciela representada por la Procuradora Sra. Delgado Cid y de otra, como apelado demandado D. Juan Manuel representado por la Procuradora Sra. Uriarte Tejada, seguidos por el trámite de Juicio Ordinario.

Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. PEDRO POZUELO PÉREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Torrejón de Ardoz, en fecha 25 de abril de 2012, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que DESESTIMANDO íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales doña RAQUEL NIETO BOLAÑO, en nombre y representación de doña Graciela, frente a don Juan Manuel, representado por la Procuradora de los Tribunales doña CONCEPCIÓN IGLESIAS MARTÍN, debo absolver y absuelvo al demandado de los pedimentos deducidos en su contra en éste Procedimiento, con expresa imposición de las costas causadas a la demandante.".

SEGUNDO

Por la parte demandante se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 10 de junio de 2013.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que contra la sentencia de instancia desestimatoria de la demanda interpuesta se formula

por la parte demandante el presente recurso de apelación. En los presentes autos y por la demandante doña Graciela se formuló en su día demanda en reclamación de cantidad por importe de 12.288,39#, y ello derivado del pago por parte de la demandante de lo que se denominan cuotas por pertenencia a la asociación de propietarios de DIRECCION000 y parcelas el URBANIZACIÓN000 . La base de dicha reclamación estriba en que la demandante, quien se encontraba casada con el demandado, a consecuencia del proceso de separación y divorcio seguido en su día se adjudicó el uso de la vivienda sito en la CALLE000 número NUM000 de la URBANIZACIÓN000 . Dicha vivienda por su pertenencia a la urbanización no solamente debe afrontar los gastos propios y privativos de mantenimiento sino que además debía abonar una serie de gastos por la pertenencia a la denominada asociación de propietarios de chalets y parcelas "el URBANIZACIÓN000 ", conceptos distintos de los gastos derivados de la utilización del inmueble tales como servicios del mismo, que han sido abonados en su totalidad por la demandante y que considera deben ser abonados en un 50% por el demandado. El demandado se opuso a la demanda aduciendo la excepción de cosa juzgada por haber sido...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP La Rioja 171/2014, 20 de Junio de 2014
    • España
    • June 20, 2014
    ...medios de constancia, generalmente, títulos adversos o posesión propia o de otros, así artículos 385, 386 y 387 del Código Civil ( SAP Madrid 17-6-2013 ). Por otra parte, y habida cuenta del énfasis que ha puesto la parte apelante en le hecho de que de incorporarse el terreno discutido en p......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR