SAP Burgos 156/2013, 17 de Mayo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución156/2013
Fecha17 Mayo 2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

BURGOS

SENTENCIA: 00156/2013

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

BURGOS

Sección 003

Domicilio : PASEO DE LA AUDIENCIA Nº 10

Telf : 947259950

Fax : 947259952

Modelo : 001370

N.I.G.: 09059 42 1 2011 0000247

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000099 /2013

Juzgado procedencia : JDO.DE 1A.INSTANCIA N.4 de BURGOS

Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000034 /2011

RECURRENTE: Adriana Y OTROS

Procuradora: BELEN JUARROS GONZALEZ

Letrada: EVA MARIA SANCHO RODRIGUEZ DE ACUÑA

RECURRIDO: PROYECTOS CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES JOSE REY SL

Procuradora: NATALIA MARTA PEREZ PEREDA

Letrado: PEDRO CORVO ROMAN

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Burgos, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados, D. JUAN SANCHO FRAILE, Presidente, D. ILDEFONSO BARCALA FERNÁNDEZ DE PALENCIA y Dª MARÍA ESTHER VILLÍMAR SAN SALVADOR, ha dictado la siguiente.

SENTENCIA Nº 156.

En Burgos, a diecisiete de mayo de dos mil trece.

VISTOS, por esta Sección de la Audiencia Provincial de Burgos el Rollo de Sala núm. 99 de 2.013, dimanante del juicio ordinario nº 34/11, del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Burgos, sobre resolución de contrato, en recurso de apelación interpuesto contra Sentencia de fecha 27 de noviembre de 2.012, en el que han sido partes, en esta segunda instancia, como demandantes-apelantes, Dª Adriana, Dª Concepción y

D. Jorge, representados por la Procuradora Dª Belén Juarros González y defendidos por la Letrada Dª Eva María Sancho Rodríguez de Acuña; y, como demandada-impugnante, "PROYECTOS CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES JOSE REY, S.L.", representada por la Procuradora Dª Natalia Marta Pérez Pereda y defendida por el Letrado D. Pedro Corvo Román. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN SANCHO FRAILE, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente Fallo: "Que estimando parcialmente las demandas acumuladas interpuestas por la Procuradora Sra. Juarros González en nombre y representación de Da Adriana, Da Concepción y D. Jorge, representados por la Procuradora Sra. Juarros González, y dirigidos por la Letrada Sra. Sancho R. de Acuña, contra PROYECTOS, CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES JOSÉ REY, S. L., debo declarar y declaro el derecho de los demandantes a descontar cada uno de ellos del precio de la vivienda que han adquirido al demandado la suma de DOCE MIL EUROS( 12.000 euros), más las siguientes sumas, D. Jorge, CUATRO MIL OCHOCIENTOS SEIS EUROS CON TREINTA Y NUEVE CÉNTIMOS (4.806,39 euros), Da Adriana, CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE EUROS CON OCHO CÉNTIMOS (4.737,08 euros) y Da Concepción, CUATRO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE EUROS CON OCHENTA Y SIETE CÉNTIMOS (4.776,87 euros), todo ello sin que haya lugar a ninguna otra declaración; y sin hacer especial pronunciamiento en costas".

  2. - Notificada la anterior resolución a las partes, por la representación procesal de los demandantes se presentó escrito interponiendo recurso de apelación, que fue admitido en tiempo y formas. Dado traslado a la parte contraria, para que en el término de diez días presentase escrito de oposición al recurso o de impugnación de la resolución, lo verificó en tiempo y forma, oponiéndose al recurso e impugnando la resolución mediante escrito que consta en las actuaciones, dándose el traslado conferido por la Ley, con el resultado obrante en autos; acordándose por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

  3. - Recibidos los autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para votación y fallo el día 16 de mayo pasado, en que tuvo lugar.

  4. - En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Por la representación de la parte actora se apela la sentencia de instancia pretendiendo en esta alzada la resolución de los contratos celebrados por esta parte con Proyectos, Promociones y Construcciones José Rey, S.L., condenando al demandado a la devolución de las cantidades entregadas con los intereses correspondientes y con condena al vendedor al pago a cada uno de ellos de la cantidad de

12.000 euros, de conformidad con la Cláusula Duodécima de los contratos de compraventa suscritos, con condena en costas al parte apelada.

Por la representación de la Sociedad demandada se apela la sentencia de instancia, por vía de impugnación, pretendiendo en esta alzada la desestimación integra de la demanda formulada de contrario, con imposición de las costas procesales de primera instancia a la parte actora.

Por tanto, el objeto de esta alzada comprende las cuestiones alegadas en la instancia.

Segundo

Siguiendo un orden lógico-jurídico de las pretensiones deducidas por las partes, corresponde enjuiciar, en primer término, si procede declarar resueltos los contratos de compraventa litigiosos por frustración del fin de los mismos.

La sentencia de instancia declara que no ha lugar a su resolución, porque el plazo de entrega pactado no es esencial, lo que no comparte la parte actora, añadiendo que hay una serie de defectos insubsanables que han provocado igualmente el incumplimiento de dichos contratos.

La parte apelante alega que la demora, en el presente caso, ha sido de veinte meses; plazo superior al de un año, que se estima como justificativo de la resolución, por frustración del fin negocial, en base a las Sentencias que cita.

No es controvertido que la entrega del inmueble estaba contractualmente prevista para el cuarto trimestre de 2.007 - cláusula cuarta- manifestando los actores su voluntad de resolver los contratos mediante los respectivos burofax, de fecha 19 de mayo de 2.009, cuya...

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