SAP Madrid 179/2013, 15 de Abril de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución179/2013
Fecha15 Abril 2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MADRID

SENTENCIA: 00179/2013

Rollo número 341/2012

Juicio rápido número 149/2012

Juzgado de lo Penal número 5 de Madrid

Ilmos. Sres.

Don Alejandro María Benito López (Presidente)

Don José María Casado Pérez

Don Eduardo de Porres Ortiz de Urbina

Los anteriores Magistrados, miembros de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid, han pronunciado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la siguiente

SENTENCIA Nº 179/13

En Madrid, a quince de abril de dos mil trece

ANTECEDENTES
PRIMERO

El día 26/04/2012 y en el juicio antes reseñado, el/la Ilmo/a Sr/a Magistrado/a Juez del Juzgado de lo Penal número 5 de Madrid dictó sentencia, cuyos hechos probados y fallo son del siguiente tenor literal:

HECHOS

PROBADOS.- "Se declara probado que el acusado Cipriano, mayor de edad y sin antecedentes penales, con la intención de obtener un beneficio económico, sobre las 22:50 horas del día 16 de abril de 2012, saltó la cancela de entrada de unos 250 cm. De altura, para acceder al interior del "Punto Limpio" sito en la Calle Isla de Arosa, esquina con la Calle de Úbeda de Madrid, donde se apoderó de diverso material que se encontraba en uno de los contenedores (ollas, sartenes y media cafetera) que introdujo en una bolsa preparada al efecto, y de lo que no pudo disponer al ser sorprendió por agentes de la Policía Nacional".

FALLO.- 1º Se condena al acusado Cipriano como autor penalmente responsable de una tentativa de delito de robo con fuerza en las cosas, ya definida, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a las penas de siete meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

  1. Se condena al acusado Cipriano al pago de las costas procesales.

  2. Se acuerda el comiso de la bolsa utilizada por el acusado y la entrega definitiva de los efectos al Punto Limpio".

SEGUNDO

Notificada a las partes, la representación procesal de Don Cipriano, condenado en la sentencia, ha interpuesto recurso de apelación del que se ha dado traslado al Ministerio Fiscal oponiéndose a su estimación.

TERCERO

Remitidas las actuaciones a este Tribunal para la resolución del recurso, se ha señalado el día 11/04/2013 para la deliberación, votación y fallo, designándose Ponente a Don Eduardo de Porres Ortiz de Urbina, que expresa el parecer de la Sala.

HECHOS PROBADOS

UNICO.- Se dan por reproducidos los hechos probados de la resolución recurrida, que se aceptan en su integridad.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el recurso de apelación que nos corresponde examinar se cuestiona la sentencia dictada en primera instancia, en la que se ha condenado al hoy recurrente como autor de un delito intentado de robo con fuerza, por considerar que existe un error en la valoración de la prueba. Se afirma que no existe prueba que acredite que el recurrente utilizara escalamiento para acceder al lugar del robo porque los agentes policiales que acudieron al lugar no vieron que el acusado entrara en el recinto mediante escalamiento y no puede descartarse la hipótesis de que hubiera accedido al lugar antes de su cierre y permaneciera en él hasta el momento en que llegó la policía y también se sostiene...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • AAP Pontevedra 214/2021, 25 de Marzo de 2021
    • España
    • March 25, 2021
    ...delito que instaure la prisión por deudas. Estos elementos deben completarse en un doble sentido, como entiende la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid 179/2013, Sección 17ª, de 25 de En los casos de cumplimiento parcial del débito económico debe rechazarse cualquier formal automa......
  • AAP Pontevedra 497/2021, 20 de Julio de 2021
    • España
    • July 20, 2021
    ...delito que instaure la prisión por deudas. Estos elementos deben completarse en un doble sentido, como entiende la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid 179/2013, Sección 17ª, de 25 de En los casos de cumplimiento parcial del débito económico debe rechazarse cualquier formal automa......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR