SAP Guadalajara 126/2013, 8 de Mayo de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 126/2013 |
Fecha | 08 Mayo 2013 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
GUADALAJARA
SENTENCIA: 00126/2013
PASEO FERNANDEZ IPARRAGUIRRE NUM. 10
Tfno.: 949-20.99.00 Fax: 949-23.52.24
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 323/12
Procedimiento de Origen: Reintegro de Capacidad 45/89
Órgano de origen: Juzgado de 1ª Instancia num. 1 de Guadalajara
APELANTE: Adriano
Procurador: Gonzalo Martínez López
Abogado: Ana Luisa Barquín Pechero
APELADO: MINISTERIO FISCAL, CONSEJERÍA DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES, DIRECTOR CENTRO NUESTRA SEÑORA DEL A SALUD DE GUADALAJARA (tutor)
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS
Dª ISABEL SERRANO FRÍAS
D. MANUEL EDUARDO REGALADO VALDÉS
D. JOSE AURELIO NAVARRO GUILLÉN
S E N T E N C I A Nº 124/13
En Guadalajara, a ocho de mayo de dos mil trece.
VISTO en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de GUADALAJARA, los Autos de Reintegro de Capacidad 45/89, procedentes del JUZGADO DE 1ª INSTANCIA nº 1 de Guadalajara, a los que ha correspondido el Rollo nº 323/2012, en los que aparece como parte apelante D. Adriano, representado por el Procurador de los tribunales D. Gonzalo Martínez López, y asistido por la Letrado Dª Ana Luisa Barquín Pechero, y como partes apeladas MINISTERIO FISCAL, CONSEJERÍA DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES y DIRECTOR CENTRO NUESTRA SEÑORA DE LA SALUD DE GUADALAJARA (tutor), sobre reintegración parcial de la capacidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE AURELIO NAVARRO GUILLÉN.
Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.
En fecha 11 de junio de 2012 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por D. Adriano, representado por el procurador Sr. Martínez López y asistido por el letrado Sra. Ana Luisa Barquín Pechero, siendo parte el Ministerio Fiscal, debo denegar la reintegración de la capacidad parcial de D. Adriano, subsistiendo todos los pronunciamientos acordados en la sentencia de fecha 20 de abril de 1.990 dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Guadalajara en el procedimiento Menor Cuantía nº 45/89.= En lo referente a las costas no cabe hacer especial pronunciamiento."
Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de D. Adriano se interpuso recurso de apelación contra la misma; admitido que fue, emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, llevándose a efecto la deliberación y fallo del mismo el pasado día 7 de mayo.
En el presente procedimiento se han observado las prescripciones legales con inclusión del plazo para dictar sentencia.
Por don Gonzalo Martínez López, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de don Adriano, se interpone recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número uno de Guadalajara, de fecha 11 de junio de 2012, al desestimar la demanda entablada, pidiendo que se revoque dicha sentencia y que se dicte otra por la cual se reintegre parcialmente la capacidad de obrar del recurre.
Para ello se dice por el apelante en su recurso que la resolución recurrida no especifica que áreas de autogobierno ha mejorado y cuales no y si esta afecta al ámbito económico. También se cuestiona la prueba documental. Así, con relación al informe médico forense no se...
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