STSJ Comunidad Valenciana 239/2013, 5 de Febrero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución239/2013
Fecha05 Febrero 2013

1 Recurso de Suplicación nº 3.181/2012

RECURSO SUPLICACION - 003181/2012

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Manuel José Pons Gil

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Antonio Vicente Cots Díaz

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Gema Palomar Chalver

En Valencia, a cinco de febrero de dos mil trece.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 239 DE 2013

En el RECURSO SUPLICACION - 003181/2012, interpuesto contra la sentencia de fecha 2/5/2012, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE VALENCIA, en los autos 000076/2012, seguidos sobre despido, a instancia de Sacramento asistida por el letrado D. César Martínez Pontejo, contra la AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTICACIONES CIENTIFICAS (CSIC) representada por el Sr. Abogado del Estado, y la UNIVERSIDAD POLITECNICA DE VALENCIA representada por el letrado

D. Rafael Andrés Alcayde, y en los que son recurrentes dichas demandadas, ha actuado como Ponente el/ a Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Gema Palomar Chalver.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Con desestimación de la alegada falta de legitimación pasiva y estimando la demanda que da origen a estas actuaciones, debo declarar y declaro nulo por lesión del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, en su vertiente de garantía de indemnidad, el despido de Dª Sacramento adoptado con efectos del 1-12-2011, condenando solidariamente a las empresas codemandadas AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS (CSIC) y la UNIVERSITAT POLITÈCNICA DE VALÈNCIA (UPV) a estar y pasar por esta declaración y a la readmisión inmediata de la trabajadora en iguales condiciones a las que regían con anterioridad a su despido, así como al abono de los salarios dejados de percibir por la misma desde el mismo tuvo lugar y hasta que la readmisión se lleve a efecto, a razón del importe diario de 64,47 euros, y sin perjuicio de la deducción que proceda sobre los mismos por razón de la situación de Incapacidad Temporal en la que se encontraba la demandante al tiempo del despido y en la que pueda haber permanecido con posterioridad al mismo".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: PRIMERO.- Dª Sacramento ha venido prestando sus servicios en el centro de trabajo Instituto de Biología Molecular y Celular de Plantas 'Primo Yufera' (IBMCP), ubicado en el Campus de la Universitat Politècnica de València, desde el 22-10-2001, con la categoría profesional de Titulado Medio de Laboratorio y salario diario de 64,47 euros, que incluye el prorrateo de gratificaciones extraordinarias. SEGUNDO.- El Instituto de Biología Molecular y Celular de Plantas 'Primo Yufera' es un Centro Mixto constituido por la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y la Universitat Politècnica de València, con sede en el Campus de la UPV, el cual se rige por el Convenio Específico de Colaboración celebrado entre ambas entidades el 21-10-1992 y sus anexos, entre los que se incluye su Reglamento de Régimen Interior, y en el que se dispone que se dota al Instituto con el personal aportado por cada una de dichas instituciones que lo constituyen, que seguirán dependiendo administrativamente de su propia institución de procedencia. TERCERO.- La actora ha prestado sus servicios de Técnico Medio de Laboratorio en el Instituto de Biología Molecular y Celular de Plantas 'Primo Yufera' desde el 22-10-2001 al 29-2-2008 y del 21-6-2011 al 30-11-2011 en virtud de los contratos de trabajo para la realización de obra o servicio determinado suscritos con la Universitat Politècnica de València, cuyo contenido aquí se tiene por reproducido y con la duración, objeto y cargo retributivo al proyecto que seguidamente se indican: 1º.- Del 22-10-2001 al 31-3-2005: Apoyo a un Doctor encargado de Bibliotecas de genes y de análisis global de expresión por 'Microarrays', en el 'Proyecto Genoma Cítricos'. La retribución de la actora se hará efectiva con cargo al proyecto núm. 20010418 2º.- Del 1-4-2005 al 28-2-2007: Apoyo a un Doctor encargado de Bibliotecas de genes y de análisis global de expresión por 'Microarrays'; marcaje diferencial de sondas fluorescentes y todas aquellas inherentes al puesto de trabajo y categoría profesional, en el 'Proyecto Genoma Cítricos'. La retribución de la actora se hará efectiva con cargo al proyecto núm. 20010418 3º.- Del 1-3-2007 al 29-2-2008: Apoyo a un Doctor encargado de Bibliotecas de genes y de análisis global de expresión por 'Microarrays'; marcaje diferencial de sondas fluorescentes y todas aquellas inherentes al puesto de trabajo y categoría profesional, en el 'Proyecto Genoma Cítricos'. La retribución de la actora se hará efectiva con cargo al proyecto núm. 20040668 4º Del 21-6-2011 al 30-11-2011: Bibliotecas de genes y de análisis global de expresión por 'Microarrays'; marcaje diferencial de sondas fluorescentes; técnicas a aplicar en el ámbito del proyecto de aplicación de estrategias biotecnológicas y de genómica funcional; y todas las funciones inherentes al puesto de trabajo y categoría profesional, en el Proyecto "Agroalimed". La retribución de la actora se hará efectiva con cargo al proyecto núm. 20081260. CUARTO.- La actora ha prestado sus servicios de Titulado Medio de Actividades Técnicas y Profesionales en el Instituto de Biología Molecular y Celular de Plantas 'Primo Yufera' desde el 1-3-2008 al 20-6-2011 en virtud de un contrato para la realización de obra o servicio determinado suscrito con el Consejo Superior de Investigaciones Científicas cuyo objeto son las "actividades de apoyo a la investigación en los términos y con la finalidad contenidos en la Resolución de 18 de diciembre de 2007, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación del Ministerio de Educación y Ciencia, por la que se conceden subvenciones para la contratación de personal técnico de apoyo (programa personal técnico de apoyo) de la convocatoria para 2007". Dicho contrato fue modificado con addenda de 3-4-2008, en la que se establece que el mismo está subvencionado por las ayudas a la contratación de personal técnico de apoyo en el Marco del Programa Nacional de Potenciación de Recursos Humanos del Plan Nacional de I+D+I (2004-2008)..." QUINTO.- El 3-6-2011 el CSIC notificó a la actora la terminación el 20-6-2011 del contrato de trabajo suscrito con dicha entidad. El 3-11-2011 la UPV notificó a la actora la extinción el 30-11-2011 de su contrato de trabajo suscrito el 21-6-2011. SEXTO.-Desde que inició su prestación de servicios el 22-10-2001 hasta su cese el 30-11-2011, la actora ha venido realizando la misma actividad y en el mismo puesto de trabajo, consistente en prestar las técnicas del servicio de genómica puestas a disposición por el IBMCP para los diversos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR