STSJ Andalucía 3330/2012, 22 de Noviembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución3330/2012
Fecha22 Noviembre 2012

Recurso nº 3477/11 C

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL SEVILLA

EXCMO.SR.D. ANTONIO REINOSO Y REINO, Presidente de la Sala.

ILTMO.SR.D. LUIS LOZANO MORENO.

ILTMA.SRA.Dª CARMEN PÉREZ SIBÓN.

En Sevilla, a veintidós de noviembre de dos mil doce.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por el Excmo. e Iltmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 3330/12

En el recurso de suplicación interpuesto por el Ldo. Sr. Tejero Ruiz en representación de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número tres de los de Jerez de La Frontera; ha sido Ponente el Excmo. Sr.DON ANTONIO REINOSO YREINO, Presidente de la Sala .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos número 54/10 se presentó demanda por Don Porfirio sobre desempleo, contra el Servicio Público de Empleo Estatal, se celebró el juicio y se dictó sentencia el 11/07/11 por el Juzgado de referencia, en que no se estimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

PRIMERO.- El actor, D. Porfirio, desde el día 26 de abril de 2007 venía percibiendo prestación de subsidio de desempleo, por tener responsabilidades familiares, tal y como consta en el expediente administrativo obrante en autos, cuyo contenido se da aquí por reproducido ( hecho no controvertido ).

SEGUNDO .- En fecha de salida 9 de octubre de 2005 se dictó resolución por el INEM por la que, sobre la base de haber cobrado indebidamente el actor prestaciones por desempleo durante los periodos del 26/04/2007 al 09/03/2009 y del 10/04/2009 al 27/05/2009, por importe total a devolver de 6.948,79, ya que la renta mensual de la unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen es superior al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, procedía a declarar la percepción indebida de prestaciones por desempleo en el importe citado, conminando al actor al reintegro de dicha cantidad, tal y como es de ver en la resolución obrante en el expediente de autos cuyo contenido, no impugnado, se da aquí por reproducido ( hecho no controvertido ).

TERCERO .- A la fecha de la solicitud de la prestación que nos ocupa (9 de mayo de 2.007) y durante el año 2007 y hasta el 09/05/2008, las personas que conformaban el núcleo familiar del actora, conviviendo en el mismo domicilio y/o estando a cargo del mismo, eran: el demandante D. Porfirio ; su esposa Dª. Julia, sus dos hijos mayores de edad Dª. Sonia y D. Juan Pablo y su hijo menor de edad Bernardo .

Los ingresos económicos de la unidad familiar eran procedentes de la actividad de la esposa del actor y de los dos hijos mayores de edad, que, por lo que atañe a los percibidos en mayo de 2005, excluída la parte proporcional de pagas extras, ascendieron a las sumas siguientes: 1.- Dª. Sonia : 838,95 euros; 2.- D. Juan Pablo : 1.136,46 euros; 3.- Dª. Julia : 399,36 euros.

Al solicitar las...

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