STSJ Comunidad de Madrid 602/2008, 8 de Julio de 2008

PonenteMARIA CONCEPCION MORALES VALLEZ
ECLIES:TSJM:2008:12151
Número de Recurso2112/2008
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución602/2008
Fecha de Resolución 8 de Julio de 2008
EmisorSala de lo Social

RSU 0002112/2008

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 00602/2008

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO SOCIAL-SECCION 5ª

MADRID

Sentencia nº 602

Ilmo. Sr. D. Juan José Navarro Fajardo :

Presidente :

Ilmo. Sr. D. José Ignacio de Oro Pulido Sanz:

Ilma. Sra. Dª Concepción Morales Vallez :

En Madrid, a ocho de julio de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

en el recurso de suplicación nº 2112/08-5ª, interpuesto por AUDIOVISUAL SPORT, S.L. representada por el Letrado D. Luis Coll

de la Vega, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 16 de los de Madrid, en autos núm. 965/07, siendo

recurrido D. Carlos Ramón, representado por el Letrado D. Daniel Revuelta Calzada. Ha actuado como Ponente la

Ilma. Sra. Dª Concepción Morales Vallez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por D. Carlos Ramón contra Audiovisual Sport S.L. sobre despido, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 2 de enero de 2008, en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:

PRIMERO

El demandante, Carlos Ramón, que no ostenta ni ha ostentado la representación legal o sindical de los trabajadores, ha venido trabajando para la empresa demandada, AUDIOVISUAL SPORT S.L., con antigüedad de 14 de julio de 1998, categoría profesional de Director de Marketing y cobrando un salario mensual de 6730,69 Euros, con inclusión del prorrateo de pagas extraordinarias (documentos 12 a 15 ramo de prueba del actor y 1 ramo prueba de la empresa).

SEGUNDO

Con fecha 22 de septiembre de 2007 el trabajador recibió carta de despido por burofax con fecha de efectos del día 21 de septiembre por "indisciplina y desobediencia en el trabajo, trasgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza, siendo ello causa de despido en virtud de lo previsto en el art. 54.2.b) y d) del texto refundido de el Estatuto de los Trabajadores " por los hechos cometidos los días 19 y 20 de septiembre dándose por reproducido el texto íntegro de la carta de despido (documento 1 actor y 2 empresa).

TERCERO

La carta de despido remitida al actor está firmada, como apoderado de la empresa por D. Marcos quien se encuentra, facultado por el Consejo de Administración de la empresa para nombrar y separar empleados cuya retribución bruta no exceda de millones de pesetas anuales (documento nº 2 actor).

El despido del actor fue ratificado por el Consejo de Administración en reunión celebrada el 27 de septiembre de 2007 (documento 8 actor).

CUARTO

Con fecha 18 de septiembre de 2007 el trabajador recibe comunicación de D. Aurelio, Director General de la empresa, indicando que "hasta que os de nuevas instrucciones en otro sentido, cualquier comunicación por cualquier medio que efectuéis a operadores de televisión, gestores de derecho o equipos de fútbol relacionados con las emisiones y derechos audiovisuales de Liga de 1ª y 2ª División y Copa de SM el Rey, cuente con mi conocimiento y autorización expresa antes de enviarse" (documento 3 actor).

QUINTO

Con fecha 19 de septiembre D. Jose Ángel, Secretario de Consejo de Administración de la empresa, demandada envía comunicación al trabajador con el siguiente contenido "Ante los acontecimientos que se han producido en los últimos días y muy particularmente tras la actuación unilateral del Director General de la Sociedad D. Aurelio, que se ha arrogado sin autorización la representación del Consejo de Administración y ha cursado unas comunicaciones a los empleados de Audiovisual Sport instruyéndoles sobre la forma de actuar, por la presente te comunico formalmente, y en los mismos términos me dirijo al resto de personal de AVS, que el Sr. Aurelio carece de facultades ya que el pasado día 7 de septiembre comuniqué a D. Marcelino, Director General de la Corporación catalana de Radio y Televisión y de Televisión de Cataluña y de conformidad con los acuerdos constitutivos de AVS, el cese del Sr. Aurelio, así como que se abstuviera a partir de ese momento de actuar como tal. Por ello, la instrucción que te ha mandado el Sr Aurelio con fecha 18 de septiembre es ineficaz." (documento nº 4 actor y 8 empresa).

SEXTO

Con la misma fecha 19 de septiembre D. Marcelino comunica al Sr Jose Ángel, en referencia a la comunicación anterior que "sabes perfectamente que esto es una falsedad ya que nunca ha existido tal comunicación, seguramente porque nunca ha existido tal cese. Respecto a las referencias al Director General, su legitimidad y vigencia en el cargo, está plenamente vigente, tal como ya he comunicado al Presidente del Consejo en la forma que seguramente conoces y que contradice tus afirmaciones. (documento nº 5 actor).

SÉPTIMO

Con fecha 22 de septiembre el Sr. Aurelio envía comunicación al trabajador con el siguiente contenido "Tras haber tenido conocimiento del burofax que se te ha remitido desde la compañía comunicándote el despido como Director General de AVS desautorizo el contenido de dicha notificación efectuada de forma ilegítima y respaldo tu actuación como Director de Marketing hasta la fecha y te ruego permanezcas a la espera de las instrucciones que recibirás a partir de la reunión del Consejo de Administración de la empresa que se celebrará el próximo 27 de septiembre" (documento 7 actor).

OCTAVO

Con fecha 18 de septiembre de 2008, entre las 18,31 y las 19,19 horas, el actor envía faxes a distintos clubes de fútbol comunicando unos horarios para los partidos de la 5ª jornada de liga (documento 5 empresa).

NOVENO

Con fecha 20 de septiembre de 2007 Clara, empleada de la empresa...

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