STSJ Comunidad de Madrid 7/2013, 11 de Enero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución7/2013
Fecha11 Enero 2013

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Primera

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009710

NIG: 28.079.00.3-2012/0005218

Procedimiento Ordinario 1242/2012

Demandante: D./Dña. Graciela

D./Dña. Elias

PROCURADOR D./Dña. MARIA BELLON MARIN

Demandado: Ministerio del Interior

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA NUMERO 7/2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

Ilustrísimos señores:

Presidente.

D. Francisco Javier Canabal Conejos

Magistrados:

D. Arturo Fernández García

D. Fausto Garrido González

D. Alfredo Roldán Herrero

En la Villa de Madrid, a once de enero de dos mil trece.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1242/12, interpuesto por don Elias, representado por la Procuradora de los Tribunales doña María Bellón Marín, contra la resolución de 3 de febrero de 2012 dictada por el Director General de la Policía y de la Guardia Civil. Habiendo sido parte la Administración General del Estado, representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado ante la Sala en fecha 23 de abril de 2.012 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación del acto recurrido.

SEGUNDO

La representación procesal de la Administración General del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

No habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba ni el trámite de conclusiones con fecha 10 de enero de 2013 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo . Sr. D. Francisco Javier Canabal Conejos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A través del presente recurso jurisdiccional el recurrente impugna la resolución de 3 de febrero de 2012 dictada por el Director General de la Policía y de la Guardia Civil por la que le deniega su licencia de armas Tipo D al haber sido condenado por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Cuenca, Sentencia de 30 de septiembre de 2010, por la comisión de delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estupefacientes o psicotrópicas; haber sido detenido como presunto autor de un delito de conducción de un vehículo habiendo sido privado cautelarmente de la autorización por decisión judicial, ocurrido en Orihuela el 3 de noviembre de 2011; haber sido imputado como presunto autor de un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas ocurrido en Zafra de Záncara el 20 de febrero de 2007.

La parte recurrente expresa que solo consta una condena por un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas sin que exista ningún precepto que impida obtener la licencia de armas en tales supuestos. Señala que aporta certificado de un centro médico que acredita que posee aptitudes físicas y psicológicas para obtener la licencia solicitada.

SEGUNDO

El artículo 96 del Real Decreto 137/93 de 29 de enero, que aprueba el Reglamento de Armas, dispone que los poseedores de las armas del tipo D precisarán licencia. El artículo 98 dispone que en ningún caso podrán tener ni usar armas, ni ser titulares de las licencias o autorizaciones correspondientes, las personas cuyas condiciones físicas o psíquicas les impidan su utilización y...

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