STSJ La Rioja 24/2013, 31 de Enero de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 24/2013 |
Fecha | 31 Enero 2013 |
T.S.J.LA RIOJA SALA CON/ADLOGROÑO SENTENCIA: 00024/2013
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA RIOJA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Rec. nº: 136/2012
Ilustrísimos señores:
Presidente:
Don Jesús Miguel Escanilla Pallás
Magistrados:
Don Alejandro Valentín Sastre
Don Luis Loma Osorio Faurie
SENTENCIA Nº 24/2013
En la ciudad de Logroño a 31 de enero de 2013.
Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso-administrativo sustanciado en esta Sala y tramitado conforme a las reglas del procedimiento ordinario, sobre ADMINISTRACION TRIBUTARIA, a instancia de la mercantil PROMOCIONES LA FONTANILLA 2006 SL, representada por el Proc. Sr. Larumbe García y asistida por letrado, siendo demandada la COMUNIDAD AUTÓ NO MA DE LA RIOJA, representada y asistida por el Letrado del Gobierno.
Mediante escrito presentado se interpuso ante esta Sala recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Directora General de Tributos, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda de la Comunidad Autónoma de La Rioja, de 20 de enero de 2012, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la providencia de apremio dictada respecto de la liquidación emitida por el concepto Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, por el objeto tributario sito en el SECTOR R-2 PARC.
5.5.14., correspondiente a la licencia de primera ocupación para construcción de 31 viviendas unifamiliares, 13 apartamentos y garaje, comprensiva del ejercicio 2009 del Ayuntamiento de Villamediana de Iregua.
Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.
Que asimismo se confirió traslado a la Administración demandada para contestación a la demanda, lo que se verificó, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.
Continuando el recurso por sus trámites, se señaló, para votación y fallo del asunto, el día 30 de enero de 2013, en que se reunió, al efecto, la Sala. QUINTO. En la sustanciación del procedimiento se han observado las prescripciones legales.
VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Señor Don Alejandro Valentín Sastre.
Es objeto de impugnación en el presente procedimiento la resolución de la Directora General de Tributos, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda de la Comunidad Autónoma de La Rioja, de 20 de enero de 2012, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la providencia de apremio dictada respecto de la liquidación emitida por el concepto Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, por el objeto tributario sito en el SECTOR R-2 PARC. 5.5.14., correspondiente a la licencia de primera ocupación para construcción de 31 viviendas unifamiliares, 13 apartamentos y garaje, comprensiva del ejercicio 2009 del Ayuntamiento de Villamediana de Iregua.
La parte demandante pretende que se declare no ser conforme a derecho y anule la resolución administrativa impugnada, y por tanto la providencia de apremio de 22 de septiembre de 2011 por importe de
9.980, 78 euros, y se impongan las costas causadas a la Administración demandada.
Alega la parte actora, en fundamentación de la pretensión que deduce, la existencia de una solicitud de compensación de un crédito a su favor por importe de 97.574, 88 euros, frente al Ayuntamiento de Villamediana de Iregua, con el importe del impuesto derivado de la licencia de primera ocupación, quedando pendiente de pago por parte del Ayuntamiento a la recurrente de la suma de 88.501, 44 euros, que no le puede perjudicar al no haber dictado resolución expresa respecto de la misma el Ayuntamiento de Villamediana de Iregua.
La Administración demandada se ha opuesto a la demanda y ha solicitado la desestimación del recurso contencioso administrativo.
La resolución administrativa impugnada, como se ha dicho, desestima un recurso de reposición interpuesto contra la providencia de apremio dictada respecto de una liquidación emitida por el concepto Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO en adelante), por el objeto tributario sito en el SECTOR R-2 PARC. 5.5.14., correspondiente a la licencia de primera ocupación para construcción de 31 viviendas unifamiliares, 13 apartamentos y garaje, comprensiva del ejercicio 2009 del Ayuntamiento de Villamediana de Iregua.
La resolución administrativa impugnada desestima el recurso de reposición al considerar que no se ha alegado ninguno de los motivos de oposición contra la providencia de apremio previstos en el artículo 167.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria (LGT en adelante).
La parte actora alega, en fundamentación de la pretensión que deduce, la existencia de solicitud de compensación (que constituiría uno de los motivos previstos en el artículo 167.3.b) de la LGT ).
En la demanda, se fundamenta el motivo de impugnación del acto administrativo en base a las siguientes circunstancias: -el día 3 de diciembre de 2008 Promociones La Fontanilla 2006 SL comunicó al Ayuntamiento de Villamediana de Iregua que había tenido la necesidad de instalar un centro de transformación para abastecer a las viviendas ubicadas en el sector R-2 de la localidad de Villamediana de Iregua, suponiendo esta instalación un importe de 97.574, 88 euros, cuando al tratarse de una finca urbana la misma debía estar dotada de las infraestructuras y equipamientos propios de su condición, entre ellas infraestructuras de abastecimiento...
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