SAP Barcelona 68/2013, 31 de Enero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución68/2013
Fecha31 Enero 2013

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN CATORCE

ROLLO Nº 1083/2011

PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 2423/2009

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE GRANOLLERS

S E N T E N C I A Nº 68/2013

Ilmos. Sres.

D. FCO JAVIER PEREDA GÁMEZ

Dª. MARIA DOLORS MONTOLIO SERRA

Dª. MARTA FONT MARQUINA

En la ciudad de Barcelona, a treinta y uno de enero de dos mil trece

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Catorce de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 2423/2009, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Granollers, a instancia de Allianz Seguros y Reaseguros, SA representada por la Procuradora Dª. Montserrat Llinás Vila, contra Westfalia Separator Ibérica representada por la Procuradora Dª. Viviana López Freixas, los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 26 de noviembre de 2010, por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Se desestima íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Vargas Navarro, en nombre de Allianz Seguros S.A., frente a Westfalia Separator Ibérica S.A., representada por el Procurador Sr. Cuenca Biosca, y en consecuencia, debo absolver y absuelvo a la demandada de todos los pedimentos deducidos en su contra, con expresa imposición de costas a la parte actora".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso en tiempo y forma mediante el oportuno escrito; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 5 de diciembre de 2012.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MARTA FONT MARQUINA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El juzgador a quo desestima íntegramente la demanda fundada en lo dispuesto en el artículo 43 de la LCS, en reclamación de la suma abonada al asegurado por lucro-cesante por la pérdida de producción. Narra en la demanda que se produjeron pérdidas en la producción como consecuencia de la paralización de la máquina centrifugadora, donde se realizaba el proceso de separación de la glicerina del aceite, producto básico para la producción de biodiesel.

La demandada alega falta de legitimación pasiva y la sentencia estima la excepción por entender que la demandada no es la sociedad vendedora o suministradora de la máquina.

Apela la parte actora. Alega error en la valoración de la prueba por cuanto la sociedad demandada forma parte del grupo de sociedades de Westfalia Separator Food Tech GMEH, que se corresponde a la multinacional GEA. Alega incongruencia por no darse respuesta a todos los extremos de la demanda, en concreto la causa de la rotura de la máquina centrifugadora...

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