SAP Valencia 498/2012, 15 de Octubre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución498/2012
Fecha15 Octubre 2012

ROLLO Nº 274/12

SENTENCIA Nº 000498/2012

SECCION OCTAVA

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Iltmos/as. Sres/as.:

Presidente

D. JOSÉ LUIS GÓMEZ MORENO MORA

Magistrados/as

DªMª FE ORTEGA MIFSUD

Dª CARMEN BRINES TARRASÓ

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En la ciudad de VALENCIA, a quince de octubre de dos mil doce.

Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo Sr. D. JOSÉ LUIS GÓMEZ MORENO MORA, los autos de Juicio Verbal (desahucio por falta de pago), promovidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Gandía, con el nº 000716/2011, por CONSTRUCCIONES Y ESTRUCTURES BIMAC SLU. representado en esta alzada por el Procurador D. Valerio Máximo Peiró Vercher contra COSTA#S SELECCIONES EXPORT SL. representado en esta alzada por el Procurador D.Fco Javier Zacarés Escrivá, pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por COSTA#S SELECCIONES EXPORT SL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de 1ª Instancia nº 2 de Gandía, en fecha 28 de octubre de 2011, contiene el siguiente: "FALLO: 1.- Estimar parcialment la demanda interposada per Construccions i Estructures Bimac SLU contra Costa's Selecciones Export SL.

  1. - Declarar resolt per falta de pagament de la renda el contracte d'arrendament celebrat el 15 de gener de 2009 entre Construccions i Estructures Bimac SLU i Costa's Selecciones Export SL, relatiu a la nau industrial del Polígon Les Jovades, c/ L1 i L2 s/n.

  2. - Condemnar Costa's Selecciones Export SL a retornar la possessió d'aquest immoble a Construccions i Estructures Bimac SLU.

  3. - Condemnar Costa's Selecciones Export SL a pagar 760 euros a Construccions i Estructures Bimac SLU.

  4. - Condemnar Costa's Selecciones Export SL a pagar a Construccions i Estructures Bimac SLU les rendes i conceptes assimilats que es generen des de novembre de 2011 fins a la devolució de la possessió de l'immoble a què fa referència el pronunciament segon d'aquesta sentència. 6.- No imposar expressament a cap de les parts el pagament de les costes d'aquest procés.

Així ho decidisc, pronuncie i signe."

SEGUNDO

Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por COSTA#S SELECCIONES EXPORT SL, que fue admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, señalándose para Deliberación y votación el 26 de septiembre de 2012.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone demanda por la mercantil CONSTRUCCIONES Y ESTRUCTURES BIMAC SLU, en ejercicio de acción de desahucio y reclamación de cantidad, contra la también mercantil, COSTA#S SELECCIONES EXPORT SL, con el siguiente relato de hechos: que la actora resulta propietaria de una determinada nave industrial (Oliva, Poligono Industrial "Les Jovades" c/L1 y L2) que en su día fue arrendada a COSTAS SERVICIOS ASOCIADOS SAL ante cuyo impago de rentas se hubo de instar una demanda de desahucio llegándose incluso al lanzamiento, momento en el que al parecer la demandada esgrimió la existencia de un contrato de arrendamiento suscrito con la actora. Negado este por la actora, se llegó incluso a la realización de actuaciones penales por parte de la actora, pues nunca reconoció el arrendamiento y mucho menos la ocupación de la nave, abriéndose diligencias previas en el Juzgado número dos de la misma población con número 245/2010. En donde incluso se llegó a aportar por parte de la demandada, en este procedimiento, un contrato que no es original y que en ningún momento reconoció la actora como firmado por ella. Dichas actuaciones penales se encuentran hoy pendientes de recurso de apelación interpuesto por la aquí actora contra el auto de sobreseimiento dictado en su momento.

En el relato establecido en el hecho cuarto de la demanda, se especifica en su párrafo segundo que la aquí demandada reconoce que debía satisfacer en concepto de renta 4000# mensuales más impuestos y que de hecho así lo hizo durante parte del 2010, justificando de esta manera su posesión. Señalándose que ante tal incumplimiento interesa que se desaloje la nave en virtud de quebrantar la obligación de pago que ella reconoce frente a la actora y que se cifran en las siguientes cantidades: en el ejercicio 2009, 12 meses a #4000 más impuestos son 55,680#, en el ejercicio 2010 tres meses a 4640# los dos primeros y 3960 # el segundo resultan 13.240# y por último en el ejercicio 2011 cuatro meses por 3960# resultan 15.840# suman en total la cantidad de 84.760#. Reconociéndose la verificación de determinados pagos por parte de la demandada a la actora. Se solicita la comunicación a la demandada de la posibilidad de enervar. En el acto de juicio y por la actora se reconoce la existencia de pagos, si bien consideran que no está enervada la acción, constriñendo las cantidades reconocidas como debidas en 600# del 2010, correspondientes al mes de Septiembre y 3.960# del " actual " 2011 y añade que como no se reconoce el documento presentado como numero cinco (correspondiente a las rentas del 2009), consideran también debidas las cantidades del 2009, y con ello las correspondientes rentas de ese año.

Con expresa oposición de la entidad demandada COSTAS SELECCIONES EXPORT SL en los términos de alegar en primer lugar excepción de defecto en el modo de proponer la demanda, manteniendo que la existencia de las diligencias penales sobre la ocupación, contrato de arrendamiento, y pagos del 2009, que considera pagados lo que impide entrar en el tema planteado en el procedimiento verbal; por lo que se solicita que se aclare el tema penal, planteando una cuestión incidental sobre su situación penal en relación con el juicio verbal actual. Que resulta desestimada en el acto del Juicio.

Se dicta sentencia con fecha 28/10/2011 en cuyo fallo se estima parcialmente la demanda, y si bien se declara resuelto por falta de pago el contrato de arrendamiento celebrado el 15/01/2009 entre el actor y la demandada, con la consiguiente condena a esta última a la devolución de la posesión del mismo, además se condena al pago de 760# así como las cantidades correspondientes desde noviembre de 2011 hasta la devolución de la posesión del inmueble.

SEGUNDO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la resolución apelada en lo que no se opongan a los aquí consignados.

Se recurre en apelación por la entidad demandada COSTA#S SELECCIONES EXPORT SL con base a las siguientes alegaciones: primero la alegación de la existencia de una prejudicialidad penal con base al artículo 40 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, fundamentalmente la falta de reconocimiento por parte de la actora de la existencia del contrato arrendamiento, la existencia de una denuncia que actualmente todavía no es firme su sobreseimiento en el procediendo penal correspondiente, y la negativa de haber firmado el contrato de referencia, e incluso la negativa del recibo y de la existencia de pago verificado en el año 2009 (documento...

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