SAP Toledo 95/2012, 26 de Noviembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución95/2012
Fecha26 Noviembre 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

TOLEDO 00095/2012

Rollo Núm. ................. 103/2012.-Juzg. Instruc. Núm... 5 de Toledo.-J. Faltas Núm. .............. 32/2012.- SENTENCIA NÚM. 95

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Magistrado

D. URBANO SUAREZ SANCHEZ

En la Ciudad de Toledo, a veintiséis de noviembre de dos mil doce.

Esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de TOLEDO, integrada por el Ilmo. Sr. Magistrado que se expresa en el margen, ha pronunciado, en NO MBRE DEL REY, la siguiente,

SENTENCIA

Ante esta Audiencia Provincial se ha visto el presente recurso de apelación penal, Rollo de la Sección número 103 de 2012, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción Núm. 5 de Toledo, por una falta de vejaciones, en el Juicio Rápido de Faltas Núm. 32/12, en el que han intervenido, como apelante Gerardo

, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Bautista Juárez y defendido por el Letrado Sr. Chorot Raso; y como apelados el Ministerio Fiscal y Berta, defendida por el Letrado Sr. Moralejo Rubín de Celix.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción Núm. 5 de Toledo, con fecha 15 de junio de 2012, se dictó sentencia en el juicio de faltas de que dimana este rollo, cuyo FALLO dice: " Que debo condenar y condeno a D. Gerardo como autor de una falta de vejaciones injustas del art.620.2 in fine del C. P . a una pena de 4 días de localización permanente".-SEGUNDO: Contra la anterior resolución y por Gerardo, dentro del término establecido se interpuso recurso de apelación formulando por escrito sus motivos de impugnación, y recurso del que se dio traslado al resto de las partes, que le contestaron por escrito, los que fueron unidos al correspondiente procedimiento, y efectuado se remitió a esta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo y nombrado Ponente, quedaron vistas para dictar resolución.-SE REVOCAN los hechos probados, fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en cuanto no se entienden ajustados a derecho, por lo que, en definitiva, son

HECHOS

PROBADOS Se declara probado que "En el curso del juicio oral ha quedado acreditado, que la hija de Berta y Gerardo se encuentran en proceso de divorcio y el día 1 de junio de 2012 cuando Berta estaba en su casa en compañía de sus nietos y aun habiendo quedado con su yerno a través de los letrados en que pasase a recoger a los niños a las 19:00 horas Gerardo, hizo caso omiso, llegó a su casa a las 14:00 horas, llamó al telefonillo pidiéndole de malas maneras que le dejara a sus hijos que se los iba a llevar a comer, insistiendo de nuevo, por lo que Berta se apresuró en entregárselos y una vez que se había marchado recibió una llamada de teléfono de su yerno insultándola con frases como "me tenéis harto, sois unos hijos de puta".-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la defensa de Gerardo se interpone recurso de apelación contra la sentencia que en fecha quince de junio dictó el Juzgado de Instrucción número Cinco de los de Toledo por la que se condenaba al recurrente como autor de una...

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