STSJ País Vasco 56/2012, 1 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución56/2012
Fecha01 Febrero 2012

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

RECURSO DE APELACIÓN Nº 100/2009

SENTENCIA NUMERO 56/2012

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

  1. LUIS ANGEL GARRIDO BENGOETXEA

    MAGISTRADOS:

  2. ANTONIO GUERRA GIMENO

  3. RAFAEL VILLAFAÑEZ GALLEGO

    En la Villa de Bilbao, a uno de febrero de dos mil doce.

    La sección - Seccion 3ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por los/as Ilmos. Sres. antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso de apelación, contra la sentencia dictada el 29.09.08 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Bilbao en el recurso contencioso- administrativo número 103/2008 .

    Son parte:

    - APELANTE : Anselmo, representado y dirigido por el Letrado D. EDUARDO SANCHEZ CECILIA.

    - APELADO : ADMINISTRACION DEL ESTADO -MINISTERIO DEL INTERIOR-, representado y dirigido por el ABOGADO DEL ESTADO.

    Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO GUERRA GIMENO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Contra la sentencia identificada en el encabezamiento, se interpuso por Anselmo recurso de apelación ante esta Sala, suplicando se dictase sentencia .

SEGUNDO

El Juzgado admitió a trámite el recurso de apelación, dando traslado al/a las demás partes para que en el plazo común de quince días pudieran formalizar la oposición al mismo, y en su caso, la adhesión a la apelación .

TERCERO

Tramitada la apelación por el Juzgado, y recibidos los autos en la Sala, se designó Magistrado Ponente, y no habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, ni la celebración de vista o conclusiones, se señaló para la votación y fallo el día 24/1/2012, en que tuvo lugar la diligencia, quedando los autos conclusos para dictar la resolución procedente.

CUARTO

Se han observado las prescripciones legales en la tramitación del presente recurso de apelación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A) Objeto de la apelación.

En el presente recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Anselmo, se impugna la sentencia dictada con fecha de 29 de septiembre de 2008 por el Juzgado de lo Contenciosoadministrativo número 3 de Bilbao, recaída en los autos del recurso contencioso-administrativo registrado con el número 103/2008.

La sentencia desestima el recurso jurisdiccional interpuesto por el ahora apelante contra la Resolución de la Subdelegación del Gobierno en Bizkaia que deniega la autorización de residencia por circunstancias excepcionales solicitada por el demandante.

La sentencia en lo que interesa al presente recurso declara que:

>

  1. Posición de la parte apelante.

El recurso de apelación, en lo que interesa al presente enjuiciamiento se funda en que : por tanto aunque esta parte pueda manifestar que efectivamente si se llevo a cabo dicho expediente, tampoco podríamos probarlo, ya que la propia Administración encargada de la llevanza de los archivos correspondientes nos indica que no existen dichos archivos, es decir que si dicho expediente se abrió, el mismo nunca se pudo inscribir en el Registro Central, ya que los archivos de los Registros civiles de la zona desaparecieron en el momento de la salida de España del Sahara .

Es decir, en definitiva, se nos informa que para la concesión de dicha autorización de residencia por circunstancias excepcionales, tenemos que aportar una serie de documentación que la propia administración nos comunica que no existe, pues ella que ha de ser la garante y custodia de la misma pone de manifiesto que tras la salida de España del Sahara, la misma desapareció.

... el Tribunal no ha tenido en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • STSJ País Vasco 129/2013, 19 de Febrero de 2013
    • España
    • 19 Febrero 2013
    ...en el caso concreto por la resolución apelada. Y así lo hemos señalado en anteriores ocasiones, como por ejemplo en la sentencia de 1 de febrero de 2012 (rec. 100/2009, Ponente D. ANTONIO GUERRA GIMENO, Roj STSJ PV 1337/2012). Se dice en el Fundamento Jurídico Cuarto de la sentencia "Como p......
  • STSJ País Vasco 110/2013, 5 de Febrero de 2013
    • España
    • 5 Febrero 2013
    ...en el caso concreto por la resolución apelada. Y así lo hemos señalado en anteriores ocasiones, como por ejemplo en la sentencia de 1 de febrero de 2012 (rec. 100/2009, Ponente D. ANTONIO GUERRA GIMENO, Roj STSJ PV 1337/2012). Se dice en el Fundamento Jurídico Cuarto de la sentencia "Como p......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR